REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN. SEDE LOS TEQUES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.

Los Teques, 14 de Febrero de 2011

ASUNTO: JMS1-S-0114-10

Vistas las anteriores actuaciones y por cuanto, en fecha 24.01.11, la solicitante datos omitidos por confidencialidad, desistió del procedimiento por Curador, solicitando se cerrara el expediente y se remitiera el asunto al Archivo Judicial, solicitud recibida por distribución el 22.03.10, en el extinto Tribunal, considerando que, ante la solicitud de designación de curador, resultaría totalmente inoficioso continuar el trámite del asunto cuando ya la propia interesada manifestó su deseo de no continuar con el trámite del mismo, tratándose de designación de curador por fines matrimoniales precisamente de la progenitora del niño, tratándose de un asunto de jurisdicción voluntaria, es por lo que resulta procedente y ajustado a derecho HOMOLOGAR el desistimiento así formulado por la requirente datos omitidos por confidencialidad, de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por supletoriedad, Y ASÍ EXPRESAMENTE SE DECLARA. En consecuencia, devuélvanse a la precitada los documentos originales presentados por aquella con el escrito inicial y expídasele copia certificada del presente auto. Cúmplase.
LA JUEZA,

DRA. ZULAY CHAPARRO
LA SECRETARIA,

ABG. MAGALY YÉPEZ
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,

ABG. MAGALY YÉPEZ