REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. AREA PENAL EXTENSIÓN BARLOVENTO
CAUSA N° 1E- 893-10
JUEZ: DRA MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
SECRETARIA: NACARID QUERALES
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
VICTIMA: MARIA AUXILIADORA GOVEIA DIAZ
FISCAL: Dr. OMAR FRANCISCO JIMENEZ, Fiscal Décimo Octavo Especializado del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Miranda.
DEFENSA: Dra. CAROLINA PARRA (defensor pùblico)
Por cuanto el dìa jueves dos (02) de febrero de 2011, este juzgado tenía fijada audiencia para iniciar el cumplimiento de la medida del joven sancionado, verificándose que se han producido seis (06) diferimientos de la presente audiencia por cuanto el joven NO ASISTE AL JUZGADO a pesar que riela a los autos notificación efectuada vìa telefónica en dos oportunidades, asì como que el joven estaba en conocimiento a través de su madre y de su prima que debía comparecer a la audiencia asì como que el joven està en pleno conocimiento que tiene una causa penal que està definitivamente firme y que tiene pendiente el cumplimiento de la sanción, motivos suficientes por los cuales, en este acto
a los fines de garantizarle al Estado venezolano, las resultas del proceso penal, SE REVOCA LA SANCION DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIO COMUNITARIO, que fuera ordenada en decisión dictada por el juzgado primero de Control de este mismo Circuito Judicial Penal y en su lugar se ORDENA LA LOCALIZACION Y CAPTURA del joven adolescente y su ingreso al Servicio de Protección Integral a la Niñez y Adolescencia Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y a la Adolescencia del Estado Miranda, con sede en Los Teques con sede en la ciudad de los Teques por SEIS (06) MESES CALENDARIOS Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: REVOCA LA SANCION DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y SERVICIO COMUNITARIO que debía ser cumplida y en su lugar ORDENA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD POR SEIS (06) MESES EN EL SERVICIO ESTADAL DE PROTECCION INTEGRAL A LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Servicio Estadal de Protección Integral a la Niñez y a la Adolescencia del Estado Miranda, con sede en Los Teques con sede en la ciudad de los Teques a IDENTIDAD OMITIDA, todo de conformidad con lo dispuesto en el literal C del parágrafo segundo del artículo 628 de la LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTES.
Por cuanto la presente decisión emana de una revisión no dictada en audiencia reservada, conforme a lo previsto en el artículo 175 del COPP, se ordena la notificación de las partes. Notifíquese a las partes. Líbrese boletas de notificación. Líbrese oficio a los cuerpos policiales y boleta de ingreso. Cúmplase.
Regístrese, publíquese y déjese constancia en el Libro Diario de la presente decisión.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sede del Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, Extensión Barlovento, Sección Adolescentes, con sede en Guarenas, a los ocho (08) días del mes de febrero del año dos mil once (2011), siendo las tres horas de la tarde. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
LA JUEZA,
DRA. MARIA TERESA SANCHEZ ORELL
LA SECRETARIA,
NACARID QUERALES
En la misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en la presente decisión.
LA SECRETARIA,
NACARID QUERALES
CAUSA N° 1E-893-10
MTSO/mtso