REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA







PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Charallave, 12 de Julio del 2011
201° y 152°

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano RAMIREZ MARQUEZ JOSE RAMON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-10.537.204, debidamente asistido por el Abogado JOSÉ RAMÓN RAMIREZ M., inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.134, mediante la cual solicita a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como Título Supletorio. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, en especial el documento de propiedad que riela a los folios del 03 al 09, así como la declaración testimonial de los ciudadanos: FLORES MARTINEZ NESTOR JOSE y TAPIAS VELEZ RAFAEL ELIAS, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.678.748 y V-15.166.331, respectivamente, venezolanos, y mayores de edad, actas levantadas en este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución N°: 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano RAMIREZ MARQUEZ JOSE RAMON, venezolano, mayor (es) de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N°) V-10.537.204, sobre unas bienhechurias construidas sobre un lote de terreno ubicado en la Carretera Nacional Charallave Ocumare, Sector Las tres letras, Parroquia Charallave, en el Distrito Cristóbal Rojas y Tomas Lander, Casa S/N, con una superficie de DOCE METROS (12 Mts) DE LARGO POR DIEZ METROS (10 Mts) DE ANCHO. Dicha parcela se encuentra comprendida dentro de los siguientes linderos y medidas. NORTE: Hacienda la Juajita y Calle Principal del Barrio Las Tres Letras, SUR: Terrenos de José Manuel Hernández Díaz, ESTE: Carretera Nacional y Terrenos de la Sucesión Hernández Díaz; y OESTE: Quebrada de Charallave, con servidumbre de paso a los lotes colindantes, la misma me pertenece según documento autenticado por ante la Notaría Pública Trigésima de Caracas, quedando inserto bajo el N° 58, tomo 13 de los libros llevados por ante esa Notaría .- Dichas bienhechurías tienen un costo total invertido de NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES FUERTES CON CERO CENTIMOS (Bs.95.000,00). Devuélvase original con sus resultas a la solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
ABG. JOANNY CARREÑO

JUEZ. PROVISORIA LA SECRETARIA

ABG. LISSET ZERPA
JC/LZ/Israel.-
Solicitud N° 263-2011