REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA
Charallave, 06 de Julio de 2011
201° y 152°
Revisados como han sido los recaudos consignados en la presente solicitud, en especial Copias Certificadas de Actas de Defunción, emanada de la Oficina de Registro Civil del Municipio Tomás Lander, Estado Bolivariano de Miranda, y Copia simple de Registro de Nacimiento, así como la declaración testimonial de las ciudadanas: ZUIMA MARTINEZ DE POLANCO Y GLIZET SERRANO GUZMAN, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-11.835.623 y V-12.300.795, respectivamente; este Tribunal del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con la Resolución N° 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, según lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA a los ciudadanos LUZ MARIA CORREA DE MENESES, FLOR MARIA MENESES CORREA, MARIA COROMOTO MENESES CORREA, MARLENE JOSEFINA MENESES CORREA, YUDELYS MARGARITA MENESES DE CASTRO, SABAS JOSE MENESES CORREA, GENARO ALFREDO MENESES CORREA, JOSE LUIS MENESES CORREA, MANUEL ANTONIO MENESES CORREA Y SIRO MENESES CORREA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-1.751.704, V- 6.033.994, V-6.268.353, V-6.265.040, V-11.680.455, V-10.781.577, V-10.512.694, V-6.239.753, V-6.239.761 Y V-6.033.993, ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del Decujus SABAS MENESES HERNANDEZ, quien en vida fuera titular de la Cédula de Identidad Nro. V-1.287.215. Devuélvase original con sus resultas a la parte interesada.
LA JUEZ,
ABG. JOANNY CARREÑO
LA SECRETARIA,
ABG. LISSET ZERPA
JC/LZ/yeisi
Sol. N° 257-2011