REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, lunes once de julio de dos mil once, siendo las 9:30 a. m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadano: JESÚS ANTONIO DURÁN COLMENARES, titular de la C. I. N° V-9.233.597, asistido por el abogado en ejercicio OTONIEL AGELVIS MORALES, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 78.742, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la entidad bancaria Banco Occidental de Descuento, ubicado frente al Centro Comercial Plaza San Cristóbal, Sector Barrio Obrero de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada, ciudadano: HERACLIO ANTONIO SOTO BELANDRIA, titular de la C. I. N° V- 12.234.643 (propietario y conductor del vehículo placas 883.XBH); y la Sociedad Mercantil Manpreca C. A. (Garante) medida ésta decretada en el JUICIO que por COBRO DE BOLIVARES POR ACCIDENTE DE TRÁNSITO se sigue en el expediente N° 6473, que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Se encuentra presente la ciudadana: MARTHA CAROLINA IBARRA MATA, titular de la C. I. N° V-10.176.475, en su carácter de Sub-Gerente de esta entidad, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sito. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso:”Señalo para ser embargado ejecutivamente el saldo disponible a la fecha de hoy, en la cuenta corriente N° 1160223-0009984-127 a nombre de la empresa Mampreca, C. A., hasta cubrir el monto decretado por el Tribunal de la Causa, es decir, la suma de Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Seis Bolívares, (Bs. 9.866,00) es todo”. En este estado el Tribunal requiere de la Notificada la información correspondiente sobre la cuenta señalada por la parte ejecutante, quien una vez verificado en el sistema informa a este Tribunal que efectivamente la cuenta señalada pertenece a la empresa Mampreca, C. A., y que en la misma existe un saldo disponible a la fecha de Bs. 10.704,10. Seguidamente el Tribunal procede a declarar Embargada Ejecutivamente la suma de Nueve Mil Ochocientos Sesenta y Seis Bolívares, (Bs. 9.866,00) disponible en la cuenta señalada, en consecuencia se declara su Desposesión Jurídica de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil y ordena en este acto a la Notificada la expedición del correspondiente Cheque de Gerencia a nombre del Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, por el monto aquí embargado; y por cuanto la Notificada informa a este Tribunal la imposibilidad de emitir el Cheque de Gerencia ordenado en este acto por cuanto el mismo conlleva un trámite administrativo interno según lo indica la misma Notificada, en tal virtud este Tribunal acuerda conferir un lapso de (24) horas a los fines de que esta entidad Bancaria proceda a remitir el Cheque de Gerencia ordenado a la sede de este Tribunal Ejecutor de Medidas, ubicado en la calle 6 con carrera 10, Centro Comercial Europa, Local 3-B de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira. El Tribunal deja constancia que en este Acto se encuentran presentes acompañando a este Tribunal la ciudadana: JANNY DEL CARMEN MARQUEZ ROJAS, titular de la cedula de identidad N° 19.599.844, en su condición de pasante de la Universidad Bolivariana de Venezuela, en virtud del convenio celebrado entre la referida Universidad y el Poder Judicial del Estado Táchira; así como el funcionario policial Cabo 1° CHARLES VÍCTOR MORA DÍAZ placa 1439. El Tribunal acuerda expedir copia certificada de la presente Acta y hacer entrega de la misma a la Notificada, para fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:00 a. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.

LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LA PARTE DEMANDANTE,

JESÚS ANTONIO DURÁN COLMENARES


EL ABOGADO ASISTENTE,

OTTONIEL AGELVIS MORALES


LA NOTIFICADA,

MARTHA CAROLINA IBARRA MATA
LA PASANTE DE LA U.B.V,

JANNY DEL CARMEN MARQUEZ ROJAS

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


CABO 1° CHARLES VICTOR MORA DÍAZ


LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO