REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 15 de Julio de 2011
ASUNTO: JMS1-696 (13303)-10
Vistas las anteriores actuaciones este Tribunal, para decidir, previamente OBSERVA:
I
En fecha 27.04.11, quien suscribe se abocó al conocimiento del asunto, procedente del extinto Tribunal de Protección (F.131).
II
Ahora bien, esta Sala de Juicio se ha percatado que la beneficiaria en el presente asunto, ciudadana datos omitidos por confidencialidad, cumplió su mayoría de edad el 16.06.2009, por cuanto, como se desprende de certificación de su nacimiento inserta al folio 14, nació el 16.06.1991. En tal sentido, los Tribunales con competencia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes resultan competentes para conocer de los asuntos referidos a niñez y adolescencia, extinguiéndose la patria potestad, entre otros, cuando el hijo o hija alcanza la edad de 18 años.
Así, en criterio de quien juzga surgió una circunstancia que impide la continuación de la tramitación del asunto, por cuanto la persona en cuyo favor se inició el procedimiento adquirió el libre gobierno de su persona, sin que hubiere comparecido a este órgano jurisdiccional para acreditar la existencia de alguno de los supuestos legales que harían procedente la continuación del régimen de representación o asistencia, debiendo actuar el órgano jurisdiccional con vista a los principios de economía y celeridad procesal, resultando totalmente inoficioso continuar con el tramite del asunto, cuando ya aquella rebasó, incluso, la edad de 18 años y, por tanto, adquirió el libre gobierno de su persona, es por lo que quien aquí decide considera procedente y ajustado a derecho en este caso DECLARAR EXTINGUIDA LA INSTANCIA y, consecuencialmente, TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, Y ASI SE DECIDE EXPRESAMENTE.
III
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA y consecuencialmente TERMINADO EL PROCEDIMIENTO, iniciado con ocasión a la solicitud de Colocación Familiar.
Regístrese la presente decisión. Expídase copia certificada a las partes. Cúmplase.-
LA JUEZA,
DRA. ZULAY CHAPARRO
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO ROSALES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO ROSALES
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