REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCIÓN. SEDE LOS TEQUES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN LOS TEQUES.
Los Teques, 28 de Julio de 2011
200º y 152º
ASUNTO: JMS1-635 (11958)-10
Vistas las anteriores actuaciones y lo expuesto por las partes en relación a los medios de prueba en el inicio de la fase de sustanciación de la Audiencia Preliminar, vista la prueba documental promovida con el libelo de demanda por la parte actora, consistente en copia certificada de la partida de nacimiento de la niña, considerando que se trata de documento público, siendo que, cuando se trata de demandas por Obligación de Manutención deben acompañar la copia de la partida de nacimiento del niño, niña o adolescente en cuya protección ejercen la acción cuando esta establecida la filiación, sin que se haya opuesto a su admisión ninguno de los intervinientes en el inicio de la fase, por lo que no resulta extemporánea la promoción así producida, documental que guarda relación inicialmente con las afirmaciones de las partes, es por lo que se ordena la materialización, la admisión de dicha documental y, por ende, ordena su incorporación por lectura en la Audiencia de Juicio. Así mismo, haciendo uso la jueza de las amplias potestades reconocidas a los Jueces y Juezas de Juicio, a fin de ordenar cualquier actuación que permita establecer la verdad y alcanzar el fin justicia, siendo necesario conocer si el demandado registra cuentas bancarias con fondos disponibles a su favor, es por lo que SE ORDENA recabar información a través de la SUDEBAN. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA,
DRA. ZULAY CHAPARRO
EL SECRETARIO,
ABG. ANTONIO ROSALES