REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE
En el día de hoy, primero (1°) de junio del año dos mil once (2011), siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de parte en la causa seguida por cobro de PRESTACIONES SOCIALES por la ciudadana YEIMI ALEXANDRA DIAZ KEY, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-15.519.642; contra la empresa SALON DE BELLEZA YACO S.R.L., en virtud de la apelación interpuesta por el abogado JOSE ALFREDO MELENDEZ PARUTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.146, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora; contra la decisión dictada en fecha 11 de mayo de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1715-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana YEIMI ALEXANDRA DIAZ KEY, titular de la cédula de identidad No. V-15.519.642, parte actora y del abogado JOSE ALFREDO MELENDEZ PARUTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.146, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora apelante. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente se le concedió la palabra al abogado JOSE ALFREDO MELENDEZ PARUTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.146, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora apelante, quien hizo uso del derecho al mismo, quedando plasmado en el material audiovisual. Concluida la exposición de la abogada apelante, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causaActo seguido el ciudadano Juez Superior, procedió a dictar la declaratoria del desistimiento de la apelación y señala lo siguiente: “Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO:. CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSE ALFREDO MELENDEZ PARUTA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.146, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora apelante; contra la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de 2011, por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda son sede en Los Teques. SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 11 de mayo de 2011, dictada por el Juzgado Quinto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda son sede en Los Teques, que declaro la inadmisibilidad de la demanda y en consecuencia se ordena la admisión de la demanda propuesta por la ciudadana YEIMI ALEXANDRA DIAZ KEY contra la Sociedad Mercantil SALON DE BELLEZA YACO S.R.L. TERCERO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer el medio de impugnación que la ley establezca. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, al primer (1°) día del mes de junio de año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
LA SECRETARIA
CAROLINA MEZA INFANTE
EXP. 1715-11.-
AHG/CMI.-