REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.


SOLICITUD N°:.1637-2011

SOLICITANTES: BLANCO RAFAEL ANGEL y RAMOS DE BLANCO ZULAY MARIA, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.407.531 y 3.629.728,

ABOGADO ASISTENTE: YASMINE FELIPE LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el N°:60.101.

MOTIVO: PARTICIÓN DE BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL


Visto el la solicitud de liquidación y Partición de la comunidad conyugal, de fecha 29-09-2010, presentada por los ciudadanos: BLANCO RAFAEL ANGEL y RAMOS DE BLANCO ZULAY MARIA, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.407.531 y 3.629.728, debidamente asistidos por YASMINE FELIPE LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el N°:60.101, quienes alegan que fueron divorciados mediante sentencia firme de fecha 27-05-2009, emanada del Juzgado de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda con sede en Ocumare del Tuy, cursante en el expediente N°: 9272-09, cuya copia consignan marcada con la letra “A”.-
Mediante auto de fecha 14 de Febrero del presente año este Tribunal admitió la presente solicitud.-
Cursa al folio 107 de las presentes actuaciones poder especial amplio y suficiente otorgado a la Abg. YASMINE DE LAS NIEVES FELIPE LEON, inscrita en el inpreabogado bajo el Nª. 60.101.
Por diligencia de fecha 06 de Abril del 2011, comparece la Abogado Yasmine Felipe León, solicitando la notificación del Ministerio Público.
Por auto de fecha 07 de Abril de este mismo año este Tribunal ordena la notificación del Fiscal XIV del Ministerio Publico y se libró la Boleta de Notificación Nª. 5410-049-2011.
Comparece el ciudadano alguacil de este Despacho, mediante diligencia del día 12-04-2011, consignando debidamente firmada la boleta de notificación correspondiente a la Fiscal 14 del Ministerio Publico.

Revisada como ha sido la presente solicitud y visto que las partes en fecha 07-02-2011, convinieron en hacer la presente partición amistosa de la siguiente manera: PRIMERO: A.- Al ciudadano: RAFAEL ANGEL BLANCO suficientemente identificado en autos, le corresponde los bienes y Acciones Numerados: 3.- EXTRUSIONES B&B C. A.- Constitución: Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, Expediente: 586341, Fecha: Primero (1) de Septiembre del Dos Mil Tres (2.003), Numero 78, Tomo 118-A. En fecha Siete (07) de Octubre del Dos Mil Cuatro (2.004), bajo el Numero 37, Tomo 170-A., se registro un aumento de capital a Seiscientos Millones de Bolívares (Bs. 600.000.000,00), hoy Seiscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 600.000,00), quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionista: Rafael Ángel Blanco, Seiscientos Mil (600.000) Acciones, por un valor de Seiscientos Millones de Bolívares (Bs. 600.000.000,00) hoy Seiscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 600.000,00). Valor: Seiscientos Millones de Bolívares (Bs. 600.000.000,00) hoy Seiscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 600.000,00). En fecha Veinte (20) de Enero del Dos Mil Nueve (2.009), bajo el Numero 45, Tomo 9-A., se registro la compra total de las acciones Seiscientos Mil (600.000) Acciones, por un valor de Seiscientos Millones de Bolívares (Bs. 600.000.000,00) hoy Seiscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 600.000,00). al único Accionista: Rafael Ángel Blanco. Propietario.-Rafael Ángel Blanco con el 100 %.-4.- TERMINADOS DE ALUMINIOS ALUMBRA C. A.- Constitución: Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, Expediente: 122763, Fecha: Cuatro (04) de Julio de Mil Novecientos Ochenta (1.980), Numero 38, Tomo 139-A.Pro. Capital Social de Ochenta Millones de Bolívares (Bs. 80.000.000,00), hoy Ochenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 80.000,00). En fecha Veinte (20) de Julio del Dos Mil Seis (2.006), bajo el Numero 15, Tomo 110-A., se registro ventas de acciones quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionistas: Rafael Ángel Blanco, Sesenta Mil (60.000) Acciones, por un valor de Sesenta Millones de Bolívares (Bs. 60.000.000,00) hoy Sesenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 60.000,00) y Zulay Ramos de Blanco, Veinte Mil (20.000) Acciones, por un valor de Veinte Millones de Bolívares (Bs. 20.000.000,00) hoy Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 20.000,00).Valor: Ochenta Millones de Bolívares (Bs. 80.000.000,00) hoy Ochenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 80.000,00). Propietarios.-Rafael Ángel Blanco con un 75 % y Zulay Ramos de Blanco con un 25 %. 5.- ALUMEXT, ALUMINIOS PARA EXTRUSION C. A.- Constitución: Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, Expediente: 589989, Fecha: Ocho (08) de Diciembre del Dos Mil Tres (2.003), Numero 32, Tomo 177-A.-Pro. Capital Social de Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,00), hoy Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 1.000,00), quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionistas: Rafael Ángel Blanco, Setecientas (700) Acciones, por un valor de Setecientos Mil Bolívares (Bs. 700.000,00) hoy Setecientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 700,00) y Rafael Darío Zambrano Izquierdo, Trescientas (300) Acciones, por un valor de Trescientos Mil Bolívares (Bs. 300.000,00) hoy Trescientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 300,00).Valor: Un Millón de Bolívares (Bs. 1.000.000,00) hoy Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 1.000,00).Propietarios.- Rafael Ángel Blanco con un 70% y Rafael Darío Zambrano Izquierdo con un 30%. 8.-APARTAMENTO.- Fecha de Compra: Dieciocho (18) de Octubre del Dos Mil Cuatro (2.004), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta, Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 32, Folio 250 al 260, Protocolo Primero, Tomo Tercero y Cuarto. Ubicación.- Centro Residencial Comercial El Campito, Torre E, Piso 7, Apartamento 72, Valor: Cien Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.100.000,00),Propietarios.-Rafael Ángel Blanco con un 50% y Perla Marina Fuentes Figueroa con un 50%. 9.-APARTAMENTO.- Fecha de compra Diecisiete (17) de Julio de Mil Novecientos Noventa y Siete (1.997), por ante la Oficina Subalterna del Segundo Circuito del Municipio Libertado del Distrito Federal (Distrito Capital), quedando registrada bajo el Número 29, Tomo 12, Protocolo Primero, Tercer Trimestre. Ubicación.- Frente a la Avenida Este Dos, entre las Esquinas de Tracabordo y Puente Yánez, Edificio Centro Tracabordo, Primer Piso, Numero 18, Parroquia La Candelaria, Distrito Capital, Valor: Doscientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 200.000,00), Propietarios.- Domingo Rafael Blanco con un 50% y Rafael Ángel Blanco con un 50%. 10.- APARTAMENTO.- Fecha de Compra: Diete (07) de Octubre del Dos Mil Ocho (2008), por ante la Notaria Publica del Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del Estado Miranda, quedando inserto bajo el Número 73, Tomo 148, de los libros de Autenticación y fue registrado en fecha Doce (12) de Enero del Dos Mil Nueve (2.009), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta, Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 2009.47, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Numero 236.13.12.1.576 y correspondiente al Libro de Folio Real del año 2009. Ubicación.- Centro Residencial Comercial El Campito, Torre E, Piso 7, Apartamento 74, Valor: Doscientos Diez Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.210.000,00), Propietario.-Rafael Ángel Blanco con el 100%. 11.- TERRENO EL HATILLO.- Fecha de compra Nueve (09) de Noviembre de Mil Novecientos Ochenta y Uno (1.981), por ante el Juzgado del Municipio Sucre, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzuategui, quedando registrada bajo el Número 13, Folios vuelto 15 y 16. Superficie: Ochocientos Cuarenta y Seis Metros Cuadrados (846M2). Valor: Doce Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.12.000,00). Propietarios.-Rafael Ángel Blanco con un 50% y Dominga Ramos con un 50%. 12.-DOS PARCELAS MARA COUNTRY.- Fecha de compra Veintidós (22) de Julio de Mil Novecientos Ochenta y Siete (1.987), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 41, Tomo 4, Protocolo Primero. Cancelación total de fecha Veinte (20) de Junio de Mil Novecientos Ochenta y Nueve (1.989), quedando registrado bajo el Numero 39, Protocolo Primero, Tomo 1. Parcelas identificadas con los números y letras 48-B y 48-C. Valor: Cien Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.100.000,00). Propietario.- Rafael Ángel Blanco con el 100%. 13.-TERRENO DE ALVARENGA.- PARCELAS 5, 6 y 7.- Fecha de compra Veintinueve (29) de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Tres (1.993), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 32, Tomo 9, Protocolo Primero. Integración de las parcelas Números 5, 6 y 7 de fecha Cuatro (04) de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), quedando registrado bajo el Numero 41, Protocolo Primero, Tomo 4. Venta de las parcelas a TERMINADOS DE ALUMINIOS ALUMBRA C. A.- Constitución: Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Bolivariano de Miranda, Expediente: 122763, Fecha: Cuatro (04) de Julio de Mil Novecientos Ochenta (1.980), Numero 38, Tomo 139-A.Pro., en fecha Veinticinco (25) de Agosto del Dos Mil Tres (2.003), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 13, Tomo 12, Protocolo Primero, Folios del 78 al 83, Tercer Trimestre. Superficie: Dos Mil Novecientos Noventa y Siete con Setenta Metros Cuadrados (2.997,70M2). Valor: Cien Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 150.000,00). Valor: Cien Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 150.000,00). Propietarios: Rafael Ángel Blanco con un 75% y Freddy Segundo Ramos con un 25% (Menos Mil Cuatrocientos Diez con Setenta y Dos Centímetros Cuadrados (1.410,72 M2), mayor extensión con los siguientes linderos: Norte 26.62M2, Sur 28.55M2, Oeste 48, 95M2, que le quedara a la ciudadana ZULAY RAMOS), 14.-TERRENO DE ALVARENGA.- PARCELAS 8 y 9.- Dos lotes, Fecha de compra Treinta (30) de Junio de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 28, Tomo 15, Protocolo Primero. Cancelación de la Hipoteca del terreno en fecha Trece (13) de Diciembre de Mil Novecientos Noventa y Cinco (1.995), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 15, Tomo 14, Protocolo Primero. Superficie Total: Dos Mil Ciento Setenta y Cinco Metros Cuadrados (2.175 mts2). Valor: Valor: Cien Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 100.000,00). Propietarios: Rafael Ángel Blanco con un 75% y Freddy Ramos con un 25%. -15.- GALPÓN.- Titulo Supletorio de fecha Quince (15) de Mayo de Mil Novecientos Noventa y Seis (1.996), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo el Número 8, Tomo 10, Protocolo Primero. Valor: Catorce Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 14.000,00), Propietarios: Rafael Ángel Blanco con un 50% y Freddy Segundo Ramos con un 50%. 16.- MAQUINA.- Extrusora Horizontal, Marca Fielding, Modelo 213/64/E, Serial: 105161, con una capacidad nominal de 1600Yn, Presión max 3000 PSI, Posee un vaciador de presión de trabajo en baja 1440 Tn y en alta de 1600Tn. Además posee un sistema hidráulico conformado por dos (2) bombas principales, una bomba ALU. Piloto y una bomba AUX. Toda la prensa esta anclada. 1.1.- Maquina: Bomba Principal de Aceite, Marca: Oilgear, Modelo: DVH150, Serial: S/N, es una bomba centrifuga con una presión de trabajo max. 3000 PSI, presión de trabajo intermedia de 2700 PSI, presión de trabajo continua 2500 PSI, es accionada por un motor de 200 HP, 985 RPM., cabe señalar que hay otra bomba con las mismas características, Todo el sistema hidráulico esta montado en la prensa.1.2.- Maquina: Bomba Auxiliar, Marca: Vickers, Modelo Double Pom, Serial: S/N, es una bomba pilotada, de 15 GPM A300 PSI, 7GPM A 500PSI.. 1.3.- Maquina: Bomba Auxiliar, Marca: Oilgear, Modelo: HP850PUMP, Serial: S/N, es una bomba centrifuga de 1 GPM A 4500 PSI., es accionada por un motor de 15 HP, 960RPM.1.4.- Maquina: Cargador de Billet, Marca: S/N, Modelo: S/N, Serial: 0001, es una mesa fabricada con vigas UPN 10 de hierro negro, color gris, anclada. 1.5.- Maquina: Limpiador de Billet, Marca: S/N, Modelo: S/N, Serial: 0002, es una maquina encargada de limpiar el Billet (masa cilíndrica de aluminio), por medio de un cepillo giratorio accionado por un motor eléctrico de 4 KW, 5.5 HP, 1420 RPM,440 V, además posee tres gatos neumáticos para ejecutar los distintos movimientos, posee aspiradora de partículas, Marca: Tilgman Welcelabrator LTD, Modelo: 50, Serial: 145190. Todo el conjunto esta anclado.2.- Maquina: Horno de Billet, Marca: Banyard Metalheat, Modelo: S/N, Serial: 004, es el encargado de calentar el Billet y llevarlo a la temperatura de trabajo por medio de unas resistencias, posee un banco de condensadores para corregir el factor potencial.3.- Maquina: Horno de Matrices, MARCA: J.L.C., Modelo: S/N, Serial: 0005, es el encargado de calentar los troqueles, 7 KW, 400/440Vo, 3 fases, el espacio de trabajo es de 6´ 0´´*1´6´´*1´6´´, la temperatura máxima 500º C. 4.- Maquina: Puente Grúa, Marca: S/N, Serial: 0006, es el encargado de trasladar los troqueles desde el horno hasta la cuna de matrices en prensa, la grúa se mueve a través de un monorriel, el movimiento ascendente. Descendiente: Es realizado por un motor eléctrico de 2.5CV. 5.- Maquina: Mesa Sinfín, Marca: S/N, Modelo: S/N, Serial: 0007, es la mesa receptora de extrusiones, tiene 36m de largo, provisto de 15 ventiladores en toda su extensión con la finalidad de enfriar la extrusión, son trasportadores de viga balancín, una encargada de refrigerar la extrusión y otra para almacenar las extrusiones. 6.- Maquina: Estiradota, Marca: Fielding, Modelo: 3358/13, Serial 0009, es la encargada de recuperar la forma. La extrusión (enderezar), tiene una capacidad de 25 Tn, la longitud máxima de estiramiento es de 120´0´´ y la mínima es de 10´0´´. 7.- Maquina: Mesa Guía de Sierra: Marca: Cheltenham, Modelo: S/N, Serial: 0010, es una mesa provista de ruedas sólidas, es la encargada de guiar la extrusión a la sierra. 8.- Maquina: Sierra, Marca: Oliver, Modelo: 94DHX, Serial: 0011, es una sierra de disco que realiza cortes a 90º, el diámetro del disco es de 20´ y 5/8´´ de espesor, posee un colector de viruta y una bomba de lubricación o enfriamiento del disco de 1 HP, 150 Lbs., 36 Lts. 9.- Maquina: Horno de Maduración: Marca: S.A.A., Modelo: S/N, Serial: 0012, es el encargado de dar el temple a la extrusión, es un horno eléctrico provisto de dos (2) ventiladores para circular el aire a través del mismo, tiene 13m. de largo,02 m. de ancho y 2.3 m. de alto. El calor dentro del horno se gradúa por medio de un termostato. Valor: Cuatrocientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 400.000,00). Propietario: Rafael Ángel Blanco con el 100%. Y 18.- CAMIONETA.- CHEVROLET AVALANCHE.- Marca Chevrolet, Modelo Avalanche, Color Blanco, Tipo Carga, Año 2006, Clase Camioneta, Serial Carrocería 102YHF060320096, Serial Motor 3GNEK12T26G219731, Placas 83M-ABK, Valor: Ciento Cuarenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.140.000,00). Propietario.- Rafael Ángel Blanco.- Los bienes y valores de Acciones anunciado anteriormente han sido valorados en la cantidad de Un Millón Ochocientos Ochenta Mil Doscientos Bolívares Fuertes ( Bs. F. 1.880.200,00).- B.- A la ciudadana ZULAY MARIA RAMOS DE BLANCO le corresponden los siguientes bienes y Acciones Números: 1.-ALUMINIOS CHARALLAVE C. A.- Constitución: Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, Expediente: 331799, Fecha: Veinticinco (25) de Septiembre de Mil Novecientos Noventa y Uno (1.991), Numero 77, Tomo 128-A-Pro. En fecha Treinta y Uno (31) de Agosto del Dos Mil Cuatro (2.004), bajo el Numero 38, Tomo 144-A., se registro un aumento de capital a Veinte Millones de Bolívares (Bs. 20.000.000,00), hoy Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 20.000,00). Ultima Asamblea registrada en fecha Veinte (20) de Julio de Dos Mil Seis (2.006), bajo el Numero 14, Tomo 140-A., donde se vende acciones a la Ciudadana Zulay Ramos, quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionistas: Rafael Ángel Blanco, Quince Mil (15.000) Acciones, por un valor de Quince Millones de Bolívares (Bs. 15.000.000,00) hoy Quince Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 15.000,00) y Zulay Ramos de Blanco, Cinco Mil (5.000) Acciones, por un valor de Cinco Millones de Bolívares (Bs. 5.000.000,00) hoy Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 5.000,00).Valor: Veinte Millones de Bolívares (Bs. 20.000.000,00) hoy Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 20.000,00). Propietarios.-Rafael Ángel Blanco el 75% y Zulay Ramos de Blanco el 25 %.-2.- ALUMINIOS GIRALDOT C. A.- Constitución: Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, Expediente: P021482, Fecha: Veintinueve de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), Numero 43, Tomo 658-A. En fecha Cuatro (04) de Febrero del Dos Mil Cinco (2.005), bajo el Numero 13, Tomo 03-A., se registro un aumento de capital a Sesenta Millones de Bolívares (Bs. 60.000.000,00), hoy Sesenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 60.000,00) y ventas de acciones quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionistas: Rafael Ángel Blanco, Cuarenta y Cinco Mil (45.000) Acciones, por un valor de Cuarenta y Cinco Millones de Bolívares (Bs. 45.000.000,00) hoy Cuarenta y Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 45.000,00), José Antonio Soto Blanco, Siete Mil Quinientas (7.500) Acciones, por un valor de Siete Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 7.500.000,00) hoy Siete Mil Quinientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 7.500,00) y Lourdes E. Núñez de Soto, Siete Mil Quinientas (7.500) Acciones, por un valor de Siete Millones Quinientos Mil Bolívares (Bs. 7.500.000,00) hoy Siete Mil Quinientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 7.500,00). En fecha Veintisiete (27) de Marzo del Dos Mil Ocho (2.008), bajo el Numero 39, Tomo 15-A., se registro un aumento de capital a Ciento Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 150.000,00), quedando el Capital Social de la siguiente manera: Accionistas: Rafael Ángel Blanco, Ciento Doce Mil Quinientas (112.500) Acciones, por un valor de Ciento Doce Mil Quinientos Bolívares Fuertes (Bs. F. 112.500,00), José Antonio Soto Blanco, Dieciocho Mil Setecientas Cincuenta (18.750) Acciones, por un valor de Dieciocho Mil Setecientos Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 18.750,00) y Lourdes E. Núñez de Soto, Dieciocho Mil Setecientas Cincuenta (18.750) Acciones, por un valor de Dieciocho Mil Setecientos Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 18.750,00). Valor: Ciento Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 150.000,00). Propietarios.- Rafael Ángel Blanco con un 75%, José Antonio Soto Blanco con un 12.5 % y Lourdes E. Núñez de Soto con un 12.5%.-6.-CASA.- Fecha de Compra: Dieciocho (18) de Abril de Dos Mil Ocho (2.008), por ante la Oficina Inmobiliaria de Registro Publico de los Municipios Girardot, Mario Briceño Iragorry y Costa de Oro, Estado Aragua, quedando registrado bajo el Numero 16, Folio 105 al Folio 111, Protocolo Primero, Tomo 4, Segundo Trimestre del año. Ubicación.- Calle Libertad, Barrio Santa Rosa, Número 100, Parroquia Andrés Eloy Blanco, Jurisdicción del Municipio Girardot, Maracay, Estado Aragua. Valor: Trescientos Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 350.000,00), Propietario.- ALUMINIOS GIRALDOT C. A.-Constituida: Registro Mercantil Segundo del Estado Aragua, Expediente: P021482, Fecha: Veintinueve de Noviembre de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), Numero 43, Tomo 658-A. Valor: Trescientos Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 350.000,00).-7.- CASA.- Fecha de Compra: Veintisiete (27) de Marzo de Mil Novecientos Noventa y Uno (1.991), por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Urdaneta del Estado Bolivariano de Miranda, quedando registrada bajo los Números 23, 27, 25, 24, 26, Tomo 7 y 8, del Protocolo Primero respectivamente. Titulo Supletorio de fecha Ocho (08) de Junio de Mil Novecientos Noventa y Cuatro (1.994), quedando registrado bajo el Numero 19, Protocolo Primero, Tomo 11. Ubicación.- entre Avenida 2 Bolívar y Avenida 3 Tosta García, Calle 10 Ricaurte, Numero 2-99, Charallave, Estado Bolivariano de Miranda, Valor: Cuatrocientos Mil Bolívares Fuertes (Bs. F.400.000,00 ), Propietarios.-Rafael Ángel Blanco con un 50% y Zulay Ramos de Blanco con un 50%.-13.- TERRENO DE ALVARENGA ( de la parécela tendrá Mil Cuatrocientos Diez Metros con Setenta y Dos Centímetros Cuadrados (1.410,72 M2), de una mayor extensión de tierra con los siguientes linderos: Norte 27.88 M2, Sur 30.88 M2, Este 29.43, Oeste 48, 95 M2), 17.- AUTOMOVIL.- VOLKSWAGEN.- Marca Volkswagen, Modelo Parati 1.8, Color Plata, Tipo Ranchera, Uso Particular, Año 2005, Clase Automóvil, Serial Carrocería 9BWDC05X05T095203, Serial Motor UDH352953, Placas AFB-84L, Valor: Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 50.000,00). Propietaria.- Zulay Ramos de Blanco. -19.- CAMION.- Marca IVECO, Modelo 40.12, Color Blanco, Tipo Chasis, Uso Carga, Año 2.008, Clase Camión, Serial Carrocería 8XVCA68S98V307042, Serial Motor 81404342211017817, Placas 46RBAS. Valor: Ciento Veinte Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 120.000,00). Propietario.- Aluminios Giraldot C.A.-20.- CAMIONETA.- Marca Toyota, Modelo Terios AWD M/T, Color Blanco Sal, Tipo Sport Wagon, Uso Particular, Año 2.008, Clase Camioneta, Serial Carrocería 8XAJ210G089509619, Serial N.I.V. 8XAJ210G089509619, Placas AA636KM. Valor: Ochenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 80.000,00). Propietario.- Zulia Maria Ramos de Blanco. Y 21.- CAMIONETA.- Marca JEEP, Modelo Cherokee Limited Auto 4X4, Color: Negro Brillante, Tipo: Sport Wagon, Clase: Camioneta Privada, Serial Carrocería 8Y4GL.58K191504254, Serial Carrocería 8Y4GL.58K191504254, Serial N.I.V. 8Y4GL.58K191504254, Placas AB719SG, Valor: Ciento Cuarenta y Nueve Mil Doscientos Ochenta y Siete con Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 149.287,50). Propietario.- Zulay María Ramos de Blanco.-Los bienes y Valores de Acciones anteriores anunciados han sido valorados en la cantidad de un Millón Trescientos Setenta y Cinco Mil Quinientos Treinta Y siete con Cincuenta Bolívares Fuertes (Bs. F. 1.375.537,50).-
Ambas parte por este mismo instrumento ceden y traspasan los derechos que poseen hasta este momento en los mencionados bienes, correspondiéndoles a cada uno la totalidad del bien adjudicado, menos referente a la parcelas numeradas 5 y 6 ya que en estos momentos se encuentran hipotecadas, cuando sea liberada la medida se realizara el respectivo traspaso del bien.
También convienen las partes, que todos los gastos que sean necesarios realizar para la protocolización así como los pagos de impuestos y servicios que afecten dichos inmuebles, serán pagados por cada quien que le corresponda la referida adjudicación, así mismo se conviene que todos los gastos casados en el proceso hasta la fecha, tales como: Honorarios, aranceles Judiciales, derechos por medidas preventivas, traslados, etc., serán pagados por ambas partes.-
A los fines de su inscripción en la Oficina Subalterna de Registro, las partes manifiestan que el presente documento se tomaría en consideración con respecto a los bienes marcados aquí con los números: 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14 y 15.
Para la inscripción en el Registro correspondiente, se tomarían en cuenta los bienes (acciones nominativas), numerados: 1, 2, 3, 4 y 5.
Para que surtan los efectos legales con respecto a los derechos que correspondan a los vehículos numerados: 17, 18, 19, 20 Y 21 las partes manifiestan y dan autorización a los fines de que los mismos puedan ser inscritos en el Ministerio de Transporte y Comunicación, Oficina del SETRA, quedando adjudicado a la Ciudadana Zulay Maria Ramos, los números 17, 19, 20 y 21 y el bien numero 18 al Ciudadano Rafael Ángel Blanco.
SEGUNDO: Finalmente se declara que los bienes aquí señalados fueron los únicos que constituyeron la comunidad conyugal que existió entre los cónyuges y posteriormente y en razón de la sentencia de divorcio los actos que se hayan realizados con posterioridad a esa fecha, se consideran propios de cada cual; en virtud, la partes declaran que nada tienen que reclamarse por concepto de la descrita comunidad ni por ningún otro respecto y le ponen fin a cualquier reclamación judicial que las partes hayan podido intentar, pidiendo así mismo que el Tribunal correspondiente homologue el presente documento y se archive el Expediente Nª: 9272-099, por haber llegado las partes al presente acuerdo.

Por cuanto de conformidad con el artículo 173 del Código Civil, la comunidad de los bienes en el matrimonio se extingue por el hecho de disolverse este o se declare nulo, y en concordancia con los artículos 788 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, este Tribunal declara HOMOLOGADA la liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal, solicitada por las partes, en los términos y condiciones allí establecidos por ellos.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas con sede en Charallave Estado Bolivariano de Miranda, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara HOMOLOGADA en los términos allí establecida la Liquidación y Partición de la Comunidad Conyugal, presentada por los ciudadanos: BLANCO RAFAEL ANGEL y RAMOS DE BLANCO ZULAY MARIA, mayores de edad titulares de las cédulas de identidad Nros. 3.407.531 y 3.629.728, debidamente representados por la Abg. YASMINE FELIPE LEON, debidamente inscrita en el inpreabogado bajo el Nª. 60.101, de conformidad con el artículo 788 del Código de Procedimiento Civil.
Déjese copia certificada de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. Charallave a los 16 días del mes de Junio del 2011. Años 200° y 151°.-

LA JUEZ PROVISORIO

ABG. JOANNY CARREÑO
LA SECRETARIA


ABG. LISSET ZERPA
Siendo la 1:30pm, se publicó la anterior Sentencia.-

LA SECRETARIA


ABG. LISSET ZERPA
JC/LZ/B.FONT
SOL. N°: 1637-2011