REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 23 de junio de 2011
200° y 152°
Vistas la solicitud y documentación presentadas por los ciudadanos JOSE AIRES DE ABREU y MARIA ARIETE DE SOUSA de DE ABREU , venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros 6.978.971 y 13.727.516, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada Marisbelia Haddad Crasto, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31.632; y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de ciudadano los ciudadanos JOSE AIRES DE ABREU y MARIA ARIETE DE SOUSA de DE ABREU, antes identificados, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una casa, con un área de construcción aproximada de trescientos cuarenta y dos metros cuadrados con cuarenta decímetros cuadrados (342,40 mts2); que en la presente solicitud declaró haber construido sobre un lote de terreno, situado en “Hoyo del Muerto El Limon”, Calle 2, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0021632; que dicho Lote de Terreno tiene un área aproximada de NOVECIENTOS CINCUENTA Y DOS METROS CUADRADOS (952,00 Mtrs2), según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha diez (10) de noviembre de mil novecientos setenta y ocho (1978), quedando registrado bajo la Nº 33, protocolo primero, Tomo 06; y documento de aclaratoria de fecha 29 de abril de 2011, inscrito bajo el N° 19, folio 175, del tomo 5 del Protocolo de Transcripción.
Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente Nº: S-2011-084
LCH / MMI / hep
|