| 
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
 CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
 
 
 San Antonio de Los Altos, 06 de junio de 2011
 
 201°    y    152°
 
 Vistas la solicitud y documentación presentadas por la ciudadana ISABEL FILOMENA FRANCO AÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 492.850, asistida por el abogado Feliciano Rubén Chávez Ávila, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 43.304 y evacuadas como han sido las declaraciones de los testigos presentados; este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela  N° 39.152, de fecha 2 de abril de 2009; DECLARA TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana ISABEL FILOMENA FRANCO AÑEZ, antes identificada, sobre las mejoras y bienhechurías constituidas por una vivienda familiar, con un área de construcción aproximada de ciento sesenta metros cuadrados (160 mts2); que en la presente solicitud declaró haber construido sobre un lote de terreno, situado  en la Sector Las Polonias Nuevas, Calle La Culebrera Abajo, en Jurisdicción del Municipio Los Salias del Estado Miranda, cuyos linderos y medidas constan en autos, y que se encuentra aforado por la Dirección de Catastro Municipal de la Alcaldía del Municipio Los Salias del Estado Miranda bajo el Nº 0020354; que dicho Lote de Terreno tiene un área aproximada de OCHOCIENTOS METROS CUADRADOS (800 Mtrs2), según consta de Documento de Propiedad debidamente Protocolizado ante la Oficina Inmobiliaria de Registro del Municipio Los Salias del Estado Bolivariano de  Miranda, en fecha veintitrés (23) de abril de dos mil cuatro (2004), quedando registrado bajo la Nº 29, protocolo primero, Tomo 02; y documento de aclaratoria inscrito bajo el N° 23, folio 206, del tomo 4 del Protocolo de Transcripción.
 
 Devuélvase a la solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud.
 
 Déjese copia certificada del presente Decreto, y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
 
 LA JUEZA TITULAR
 
 EL SECRETARIO
 LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
 
 MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
 
 
 
 Se deja constancia de que en esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado anteriormente.
 
 EL SECRETARIO
 
 
 Expediente Nº: S-2011-079
 LCH / MMI / hep
 
 
 
 |