REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL LOS TEQUES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MIRANDA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL
LOS TEQUES

Los Teques, 21 de Junio de 2011
201° y 152°


Causa N° 3C-6252/10


Juez: Abg. JOSÉ BENITO VISPO LÓPEZ
Secretaria: Abg. IDANIA MELÉNDEZ FIGUEREDO

Fiscal: ABG. JERALDINE RAMOS GARCÍA, Fiscal Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda

Imputada: CORTEZ YOLIMAR COROMOTO, titular de la cédula de identidad N° V-06.340.991.

Defensa: Abg. MERCEDES ADRIAN ÁLVAREZ, Defensora Pública Penal adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del estado Miranda.


DISPOSITIVA


Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda, con sede en la ciudad de Los Teques, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la solicitud formulada en fecha 22/03/2011 por la Abogada MERCEDES ADRIAN ÁLVAREZ, Defensora Pública Penal adscrita a la Unidad de Defensoría Pública del Estado Miranda, y como consecuencia de ello, se decreta el cese de la medida cautelar sustitutiva de libertad contenida en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, inherente al régimen de presentaciones, impuesta en fecha 08/02/2010, a la ciudadana CORTEZ YOLIMAR COROMOTO, titular de la cédula de identidad N° V-06.340.991, a cuyos efectos se ordena estampar la nota correspondiente en el libro de registro de presentaciones.

Regístrese, publíquese, déjese copia debidamente certificada, notifíquese a las partes y remítase en su oportunidad a la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda a los fines de que el presente cuadernos de incidencias sea agregado a la causa principal, la cual fue remitida a ese Despacho Fiscal. Cúmplase con lo ordenado.
El Juez


Abg. JOSÉ BENITO VISPO LÓPEZ

La Secretaria


Abg. IDANIA BEATRIZ MELENDEZ FIGUEREDO

En la misma fecha se le dio cumplimento a lo ordenado.

La Secretaria


Abg. IDANIA BEATRIZ MELENDEZ FIGUEREDO

JBVL/IBMF/lenis*.-
Causa N° 3C-6252/10