REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy

Valles del Tuy, 6 de Junio de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2010-003799

RESOLUCION JUDICIAL (TRASLADO DEL IMPUTADO A UN CENTRO ASISTENCIAL)

En fecha 31 de mayo de 2011, se recibió en la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, carta suscrita por la ciudadana Yalitza Delgado, en su condición de hermana del imputado Argenis Eduardo Yánez Delgado, al cual se le sigue la causa signada con el numero MP21-P-2010-003799, en la cual solicita autorización, para que el mismo sea trasladado en fecha 8 de junio del presente año, al Hospital Domingo Luciani del Llanito, desde la sede de la Policía Municipal de Charallave, donde se encuentra recluido desde el día 9 de octubre de 2010.

A los fines de decidir, este Juzgado observa que se consigna copia de la tarjeta de la cita médica, sin presentar informe médico, en el cual se pueda detallar la situación clínica o enfermedad que presenta el mismo, por otra parte hasta la fecha no se ha recibido información alguna de la Policía Municipal de Charallave, donde se encuentra el mismo recluido, en tal sentido y a los fines de poder autorizar este Órgano Jurisdiccional, el traslado del imputado a un Centro Asistencial, deberá estar sustentado de los correspondientes informes médicos, que acrediten la condición clínica del mismo, sin que ello signifique, que se esté obviando el contenido establecido en los artículos 43 y 83 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, por tanto hasta que no sean consignados los correspondientes informes médicos a este Tribunal, se niega acordar la correspondiente autorización del imputado Argenis Eduardo Yánez Delgado a un centro hospitalario.

Notifíquese de la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, a la defensa y a la solicitante.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (E)

ROBINSON SUAREZ ROMANO


EL SECRETARIO

JOSE LUIS DIAZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
EL SECRETARIO

JOSE LUIS DIAZ