REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES


ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, miércoles, nueve (09) de marzo de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar la audiencia oral y publica de apelación en la causa seguida por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO por los ciudadanos LUIS ALFONSO RUIZ MORA, DOUGLAS JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, ALEJANDRO ENRIQUE GAVIDEA SANCHEZ, LESLY COROMOTO PLANAS MARRERO, WILLIANS ENRIQUE BELLO GONZALEZ, WILLIAM POLO SALAS, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ BRICEÑO, EDWIN FERNANDO CORONA CORONA, MARIA ELOIZA GUERRERO, CARLOS ENRIQUE BARRIOS, JORGE OSWALDO SALAZAR HERNANDEZ, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, GERNIX ALEXANDER SANABRIA PEREZ, JUAN CARVAJAL, WILLIAM ALFREDO OROPEZA VEGA, EDGAR ALEXANDER CASTRO RIVAS, PEÑA NESTOR RADAMES, JESUS GABRIEL SERRANO, LEONARDO JOSE LINARES LOPEZ y WILLIANS RAFAEL RIVAS NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-11.040.215, V-6.318.428, V-10.275.464, V-10.284.199, V-10.280.057, V-13.824.549, V-16.887.714, V-6.879.167, V-11.038.262, V-13.910.055, V-6.854.335, V-6.890.836, V-626.813, V-11.037.779, V-11.821.377, V-12.951.616, V-14.936.915, V-15.820.728 y V-6.526.134, respectivamente; contra la Sociedad Mercantil LA LUCHA C.A., en virtud de la apelación interpuesta por el abogado GILBERTO ANDREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.063, en su carácter de apoderado judicial de los demandantes; contra la decisión dictada en fecha 03 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1661-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia del abogado GILBERTO ANDREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 37.063, en su carácter de apoderado judicial de los demandantes apelantes; Así mismo, se deja constancia de la comparecencia del abogado HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.260, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. Seguidamente se da inicio a la audiencia oral, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.- Seguidamente se le concedió la palabra al abogado GILBERTO ANDREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.063; en su carácter de apoderado judicial de los demandantes apelantes. Concluida la exposición del abogado apelante. Acto seguido se le concedió la palabra a la representación judicial de la parte demandada, abogado HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 73.260, a los fines de realizar su exposición, quien hizo uso del derecho al mismo, quedando plasmado en el material audiovisual. Acto seguido, el ciudadano Juez le otorgó el derecho a réplica al apoderado judicial de la parte actora, quien hizo uso del derecho al mismo, igualmente, se le otorgó el derecho a la contra réplica al apoderado judicial de la parte demandada, quien hizo uso de tal derecho, todo lo cual quedó registrado en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de las partes, el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado GILBERTO ANDREA GONZALEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.063, en su carácter de apoderado judicial de los demandantes, ciudadanos LUIS ALFONSO RUIZ MORA, DOUGLAS JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, ALEJANDRO ENRIQUE GAVIDEA SANCHEZ, LESLY COROMOTO PLANAS MARRERO, WILLIANS ENRIQUE BELLO GONZALEZ, WILLIAM POLO SALAS, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ BRICEÑO, EDWIN FERNANDO CORONA CORONA, MARIA ELOIZA GUERRERO, CARLOS ENRIQUE BARRIOS, JORGE OSWALDO SALAZAR HERNANDEZ, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, GERNIX ALEXANDER SANABRIA PEREZ, JUAN CARVAJAL, WILLIAM ALFREDO OROPEZA VEGA, EDGAR ALEXANDER CASTRO RIVAS, PEÑA NESTOR RADAMES, JESUS GABRIEL SERRANO, LEONARDO JOSE LINARES LOPEZ y WILLIANS RAFAEL RIVAS NIEVES, titulares de la cédula de identidad No. V-11.040.215, V-6.318.428, V-10.275.464, V-10.284.199, V-10.280.057, V-13.824.549, V-16.887.714, V-6.879.167, V-11.038.262, V-13.910.055, V-6.854.335, V-6.890.836, V-626.813, V-11.037.779, V-11.821.377, V-12.951.616, V-14.936.915, V-15.820.728 y V-6.526.134, respectivamente contra la decisión dictada en fecha 03 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques.- SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por los ciudadanos LUIS ALFONSO RUIZ MORA, DOUGLAS JOSE ALVAREZ RODRIGUEZ, ALEJANDRO ENRIQUE GAVIDEA SANCHEZ, LESLY COROMOTO PLANAS MARRERO, WILLIANS ENRIQUE BELLO GONZALEZ, WILLIAM POLO SALAS, MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ BRICEÑO, EDWIN FERNANDO CORONA CORONA, MARIA ELOIZA GUERRERO, CARLOS ENRIQUE BARRIOS, JORGE OSWALDO SALAZAR HERNANDEZ, JOSE GREGORIO RODRIGUEZ, GERNIX ALEXANDER SANABRIA PEREZ, JUAN CARVAJAL, WILLIAM ALFREDO OROPEZA VEGA, EDGAR ALEXANDER CASTRO RIVAS, PEÑA NESTOR RADAMES, JESUS GABRIEL SERRANO, LEONARDO JOSE LINARES LOPEZ y WILLIANS RAFAEL RIVAS NIEVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad No. V-11.040.215, V-6.318.428, V-10.275.464, V-10.284.199, V-10.280.057, V-13.824.549, V-16.887.714, V-6.879.167, V-11.038.262, V-13.910.055, V-6.854.335, V-6.890.836, V-626.813, V-11.037.779, V-11.821.377, V-12.951.616, V-14.936.915, V-15.820.728 y V-6.526.134, respectivamente; en su carácter de parte demandantes contra la Sociedad Mercantil LA LUCHA C.A., por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO. TERCERO: SE CONFIRMA la decisión dictada en fecha 03 de febrero de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. CUARTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente la presente fecha, y será a partir de la publicación de dicha decisión que comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo.- Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencias del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, a los nueve (09) días del mes de marzo del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman

ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR




APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA



APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA



LA SECRETARIA
CAROLINA MEZA INFANTE



EXP. 1661-11.-
AHG/CMI.-