REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

JUZGADO SEXTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
200º y 152º



En horas de Despacho del día de hoy veintiocho (28)de marzo de dos mil once (2011),siendo las 10:30 AM día y hora fijado para que tenga lugar LA AUDIENCIA PRELIMINAR, en el presente procedimiento de CALIFICACION DE DESPIDO ,que incoara la ciudadana CIOLY DEL VALLE RUBIO DIAZ, titular de la cedula de identidad No.10.872.025, en contra de las empresas KARITA’S PELUQUERIA INFANTIL C.A, y KARIÑITOS 21 C.A compareció el ciudadano JUAN JOSÈ SUAREZ ADAMES, titular de la cedula de identidad No.6.496.073 y FRANCY COROMOTO CAMACHO COLMENARES, cédula de identidad No.12.196.051 representantes legales de la sociedad mercantil KARIÑITOS 21 C.A asistidos en este acto por la abogada en ejercicio MIREYA COROMOTO PERDOMO FERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº72.420 .Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por si ni por medio de apoderado alguno a la realización de la audiencia preliminar, siendo que el interés procesal lo tiene el demandante es por lo que de conformidad con lo previsto en el Articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley este Tribunal considera DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo. Se deja constancia que siendo las 11:00 AM. culminó la presente audiencia, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ.

ABG. NICOLÀS CELTA GUZMÀN



PARTE DEMANDADA Y SU ABOGADA ASISTENTE.
LA SECRETARIA
ABG. LORENA MEDINA


Expediente N°4058-11
NCG/LM