REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRISTÓBAL ROJAS DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA

Charallave, 03 de marzo del 2011
200° y 151°

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el ciudadano: FREDDY ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.847.731, mediante la cual solicita a este Despacho, que declare las presentes actuaciones como Título Supletorio. Ahora bien, vista la revisión de los recaudos que acompañan a la presente solicitud, que riela a los folios del 01 al 04, así como la declaración testimonial de los ciudadanos: ALI JAVIER GARRIDO y ANDERSON JESUS MEZA ZAMBRANO titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.154.019, y 16.871.244 respectivamente, venezolanos, y mayores de edad, actas levantadas en este Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, que son suficientes; este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de la Resolución N°: 0006, de fecha 18 de Marzo del 2009, emanada del Tribunal Supremo de Justicia y con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano: FREDDY ANTONIO RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nro. V-13.847.731, sobre un lote de terreno propiedad de la sucesión Salas, de un área aproximada de ONCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (11.250,00Mts2) terreno de propiedad desconocida, ubicado en la Urb. Los Anaucos, Sector La Hacienda, Calle San Miguel, Casa S/N, Parroquia Las Brisas, Jurisdicción del Municipio Autónomo Cristóbal Rojas del Estado Bolivariano de Miranda, el cual se encuentra comprendido dentro de los siguientes linderos:
NORTE: con bienhechurias que son o fueron de las familias Cedeño y Meneses, SUR: con terreno baldío de propiedad desconocida, ESTE: con Calle San Miguel, y OESTE: con terreno baldío de propiedad desconocida. Se pudiera diera decir que se trata de un lote de terreno, que forma parte la Posesión Denominada La Sabaneta, la cual se presume que esta o estuvo a nombre de CARLOS EDUARDO RIVAS, según lo indicado en documento Registrado en la Oficina Subalterna de Registro de Cúa, con los siguientes datos: Doc. No. 2, Folios 6 al 11, Protocolo 1, Tomo Adicional 3, Fecha 29-12-72. El costo total invertido en esta construcción tanto en materiales, como en mano de obra, es la cantidad de cien MIL BOLIVARES (Bs. 100.000,oo). Devuélvase original con sus resultas al solicitante, previa su anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.-
DRA. JOANNY CARREÑO
JUEZ PROVISORIA


LA SECRETARIA
ABG. LISSET ZERPA





JC/maritza
74-11