REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PAZ CASTILLO. CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. ACTUANDO EN FUNCION DE JUEZ DE CONTROL, DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 666 DE LA, L.O.P.N.A.
ACTA DE AUDIENCIA PRELIMINAR DIFERIDA.
Exp. Adolescente Nº 971/11
JUEZ DE CONTROL: Dr. GILBERTO JOSE MARTINEZ ALFONZO.
ADOLESCENTES: IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes,
DELITO: CONTRA LA MORAL Y LAS BUENAS CONSTUMBRE.-
FISCAL: Dr. CARLOS DAVID FLORES, Fiscal 17° DEL MINISTERIO PÚBLICO-OCUMARE DEL TUY.
DEFENSOR PUBLICO: Dr. JOSE GREGORIO FERRER, Defensor Público
Del Sistema de Responsabilidad Penal de Adolescente- Extensión Valles del Tuy.-
DEFERSOR PRIVADO: Dr. JORGE CLARET MARTINEZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 72.895,
SECRETARIA TEMPORAL: Abg. AIXA GARCIA.-
En el día de hoy miércoles veintitrés (23) de Marzo del año dos mil once (2011), siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada por este Tribunal para que tenga lugar el Acto de Audiencia Preliminar: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes,
, por encontrarse incurso en los delitos de VIOLACION, previsto en el artículo 374 del Código Penal, HOMICIDIO INTENCIONAL EN GRADO DE FRUSTRACION establecido en el artículo 405 del Código Penal, en relación con el artículo 80 último aparte del mismo Código Sustantivo Penal, y LESIONES PERSONALES LEVES, del artículo 416 eiusdem, solicita al secretario se sirva verificar la presencia de las partes, dejándose expresa constancia que se encuentran presentes el Fiscal CARLOS DAVID FLORES SANCHEZ, Fiscal 17° del Ministerio Publico, Los Adolescentes imputados: IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes. Anteriormente identificado en autos, Asimismo se deja constancia que se encuentra presente el Dr. JORGE CLORET MARTINEZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 72.895, en su carácter de defensor privado del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes. Ahora bien, al verificar las presencia de las partes por secretaria, se dejo constancia en acta que riela al folio_____, de los retrazo en que el Instituto de Policía del Estado Miranda, Región Nº 02 de la Comisaría de Ocumare del Tuy, para el traslado del Joven Adulto IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, por lo que se ordeno un lapso de espera por los motivos anteriormente narrados, notificándoseles a las partes, fijándose a la 01:30 p.m. Por otra parte fueron consignados en acta diligencia de la Defensa Pública y de la Defensa Privada, solicitando una nueva oportunidad. Por lo que este Tribunal no encontró motivo para tal diferimiento, ratificando el lapso de espera para la realización del acto de Audiencia Preliminar acordada para esta misma fecha a la 01:30 p.m., Asimismo llegada la oportunidad la secretaria al verificar la presencia de las partes: Dr. CARLOS DAVID FLORES SANCHEZ, Fiscal 17° del Ministerio Publico, los imputados: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes ; Se deja constancia que se encuentra presente el Dr. JORGE CLORET MARTINEZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 72.895, en su carácter de defensor privado del adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, por otra parte la ausencia de la defensa Pública Abg. JOSE GREGORIO FERRER, Defensor Publico del adolescente IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes. En consecuencia este Juzgado del Municipio Paz Castillo del Estado Miranda, realiza los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: El Tribunal ordena diferir la audiencia preliminar y acuerda fijar una nueva oportunidad para el día 04-04-2011 a las once 01; 00 p.m. SEGUNDO; Quedan debidamente notificados de la presente decisión, el Ministerio Público y la Defensa Privada, conforme a lo establecido en el articulo 175 de Código Orgánico procesal Penal. Asimismo se ordena notificar a la Defensa Pública Dr. JOSE GREGORIO FERRER, En consecuencia se acuerda librar Exhorto al Juzgado de los Municipios Independencia y Simón Bolívar, con sede Santa Teresa del Tuy, junto al mismo Boletas de Notificación de las victimas; IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes; Asimismo se ordena librar boleta de traslado al Centro de Atención S.E.P.I.N.A.M.I, con sede en los Teques correspondiente a los adolescentes; IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes, Boleta de Traslado al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, Región Policial Nº 05, Comisaría de Santa Lucia, correspondiente a los adolescentes: IDENTIDADES OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes; Boleta de Traslado al Instituto Autónomo de la Policía del Estado Miranda, Región Policial Nº 02, Comisaría de Ocumare del Tuy, correspondiente al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescentes Provéase lo Conducente. Es todo, Se leyó, Se termino y Conforme firman.-
EL JUEZ
GILBERTO JOSE MARTINEZ ALFONZO
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