REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO





REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, 02 de marzo de 2011.-
200º y 152º


Vista la diligencia de fecha 02 de los corrientes cursante al folio ciento veintiocho (128) del presente expediente, presentada por el abogado RAFAEL JESÚS DIAZ SIFONTES, titular de la cédula de identidad N° 16.591.254, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 117.734, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, ciudadano ANTONIO CORTESI, titular de la cédula de identidad N° 8.677.160, mediante la cual consignó fotostatos correspondientes a Certificado de Registro de vehículo N° 28453728 correspondiente al vehículo placa MBS71P marcado letra “A”, cédulas de identidad de trabajadores identificados en la inspección judicial y certificado de circulación del vehículo placa MFE10M marcado con la letra “B”, a los efectos que sean valorados como medio de prueba en el presente expediente, este Tribunal ordena agregarlos a los autos y por cuanto las PRUEBAS DOCUMENTALES, antes referidas no son manifiestamente ilegales, ni impertinentes SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación o no en la definitiva.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


ABG. TERESA HERRERA ALMEIDA
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARÍA BANDES de MATAMOROS
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARÍA BANDES de MATAMOROS
THA/MBdeM/df
Expediente N° 10-8779