REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA

Los Teques, treinta (30) de marzo del año dos mil once (2011)
200º y 152º

De una revisión exhaustiva del contenido de las actas procesales que conforman el presente expediente, y en especial de los recaudos anexos, que fueron presentados a efectos videndi, como son: 1) Copia simple del documento de compra venta del lote de terreno, signado con el Código Catastral N° 151001U01004002029, registrado ante la Oficina de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha treinta y uno (31) de enero del año dos mil ocho (2008), bajo el nro. 23, tomo 10, protocolo primero; 2) Original de Levantamiento topográfico del terreno ubicado en la calle El Progreso, parte alta, El Nacional, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, fechado Octubre 2009, propiedad de MARIA DEL CARMEN G. PEDRAZA, 3) Copia simple del certificado de solvencia sobre inmuebles urbanos, emitido en fecha 18 de febrero de 2011, por la Alcaldía de Guaicaipuro, Dirección de Hacienda, a nombre de MARIA DEL CARMEN GÓMEZ PEDRAZA, 4) Copia simple del recibo número 201846, 5) Copia simple de Certificado de Solvencia, 6) Copia simple del recibo número 152160, 7) Copia simple de la notificación dirigida a la ciudadana MARIA DEL CARMEN GÓMEZ PEDRAZA, emitida por la Alcaldía del Municipio Bolivariano de Guaicaipuro, Dirección de Catastro Municipal y 8) Copia simple de plano, en consecuencia, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, DECLARA dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana MARIA DEL CARMEN GÓMEZ PEDRAZA, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.356.437, sobre las bienechurias levantadas en el lote de terreno ubicado en el lugar denominado Camino Vecinal, acceso Calle El Rincón, Nro. S/N, lote 029, Barrio Pan de Azúcar, Sector El Progreso, Manzana 002, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyas medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones. Se ordena mediante el presente auto, la entrega de este expediente a la parte solicitante, constante de cinco (05) folios útiles, previa constancia en el libro diario llevado por este Despacho, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal, incluyendo su carátula.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,


Abg. TERESA HERRERA ALMEIDA.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,

MARIA de MATAMOROS.

En esta misma fecha se devuelven todas las actuaciones originales.

LA SECRETARIA ACCIDENTAL,



THA/MdeM/Deivyd
Exp. N° 20110688