REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA

Carrizal, 02 de marzo de 2011.
200° y 152°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN SALCEDO ORTÍZ y MARÍA LA CRUZ PÉREZ VARGAS, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-12.401.431 y V-9.926.391, respectivamente, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal de DOSCIENTOS TREINTA y NUEVE CON SESENTA Y TRES METROS CUADRADOS (239,63 M2), y un área de construcción de DOSCIENTOS CUATRO CON SETENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (204,78 M2), ubicado en: SECTOR LAS AGUADITAS, CALLE PRINCIPAL, PRIMERA ESCALERA, CASA Nº 81, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, según consta de autorización de fecha 22 de febrero de 2011, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza la misma, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, SHELLEY GIRON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. Gonzalez G.
El Secretario,

Abg. Jose A. Freitas

Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de diez (10) folios ùtiles.
El Secretario,

Abg. Jose A. Freitas
LAGG/JAF*.-.
Bd/ 1998-11


Quien suscribe, JOSÉ ANTONIO FREITAS, Secretario Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 1998-11, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por los ciudadanos JOSÉ DEL CARMEN SALCEDO ORTÍZ y MARÍA LA CRUZ PÉREZ VARGAS. La presente copia certificada, fue autorizada por la Juez de este Tribunal por auto expreso. Certificación que se expide de conformidad con lo establecido en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los dos (02) día del mes de marzo de dos mil once (2011). Años: 200º y 152º.-



EL SECRETARIO

______________________________
ABG. JOSE A. FREITAS



LAGG/JAF*.-.
Bd/ 1998-11