REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 23 de marzo de 2011.
200° y 152°

Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor del ciudadano RAÚL SALVADOR YGLESIA OCHOA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-639.109, sobre las mejoras y bienhechurías, construidas sobre un lote de terreno propiedad municipal que tiene un área aproximada de TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS, METROS CUADRADOS (385,42 M2), ubicado en la comunidad Francisco de Miranda, kilómetro 18 de la Carretera Panamericana, parte baja del sector, por las escaleras negro primero, casa Nº 51, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción de una sola planta, de CIENTO CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (146,64 M2), según consta de autorización de fecha 22 de febrero de 2011, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvase en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza la misma, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, SHELLEY GIRON, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,

Abg. José A. Freitas

Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de ocho (08) folios útiles.
El Secretario,

Abg. José A. Freitas
LAGG/JAF*
Bd/2007-11

Quien suscribe, JOSÉ ANTONIO FREITAS, Secretario Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2007-11, contentivo de la solicitud de Título Supletorio, presentada por el ciudadano RAÚL SALVADOR YGLESIA OCHOA. La presente certificación que se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los veintitrés (23) día del mes de marzo de dos mil once (2011). Años: 200º y 152º.-



EL SECRETARIO

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ABG. JOSE A. FREITAS



LAGG/JAF*
Bd/ 2007-11