REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Carrizal, 24 de marzo de 2011.
200º y 152º

Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que los ciudadanos: MARIA DE LOS SANTOS MARRERO de MORALES, ROSA HERIBERTA MARRERO de CASTILLO, JUAN LUIS MARRERO IZARRA y EMILIA YSABEL MARRERO IZARRA, V-4.846.023, V-4.846.024, v-5.450.206 y V.6.841.484, en su condición de causahabientes (hijos), son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los de cujus ROSALÍA IZARRA de MARRERO y MARIO RAMÓN MARRERO GONZÁLEZ (padres), quienes fallecieron en fecha 26 de octubre de 1996 y 07 de marzo de 2008, respectivamente. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada incluyendo la solicitud, la cual se encuentra redactada por la abogada DANIRBA FRANCO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.034. Así mismo, se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas, de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este tribunal.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.

El Secretario,

Abg. José A. Freitas


Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de veinticuatro (24) folios útiles.

El Secretario,

Abg. José A. Freitas

LAGG/JAF*
Bd/2010-11







Quien suscribe, JOSÉ ANTONIO FREITAS, Secretario Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2010-11, contentivo de la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por los ciudadanos MARIA DE LOS SANTOS MARRERO de MORALES, ROSA HERIBERTA MARRERO de CASTILLO, JUAN LUIS MARRERO IZARRA y EMILIA YSABEL MARRERO IZARRA. La presente certificación fue autorizada por la Juez de este Tribunal, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los veinticuatro (24) día del mes de marzo de dos mil once (2011). Años: 200º y 152º.-



EL SECRETARIO

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ABG. JOSE A. FREITAS



LAGG/JAF*.-.
Bd/2010-11