REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO
BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 31 de marzo de 2011.
200º y 152º
Vistas las actuaciones que anteceden, así como los documentos producidos junto con la solicitud, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA dichas actuaciones JUSTIFICATIVO SUFICIENTE para asegurar que el ciudadano ALBERTO JOSÉ VELUTINI TERAN, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-4.055.225, en su condición de causahabiente (hijo), es el ÚNICOS Y UNIVERSAL HEREDERO de la de cujus DULCE MARÍA TERAN de VELUTINI (madre), quien falleció en fecha 25 de mayo de 2006. Devuélvase todo lo actuado a la parte interesada incluyendo la solicitud, la cual precede redactada por el abogado HANS DANIEL PARRA BRICEÑO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 73.260. Así mismo, se acuerda expedir copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado por este tribunal.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
El Secretario,
Abg. José A. Freitas
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de ocho (08) folios útiles.
El Secretario,
Abg. José A. Freitas
LAGG/JAF*
Bd/2019-11
Quien suscribe, JOSÉ ANTONIO FREITAS, Secretario Titular del Juzgado del Municipio Carrizal de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda. CERTIFICA: Que el fotostato que antecede, constante de un (01) folio útil, es traslado fiel y exacto de su original que corre inserto en el expediente Nº 2019-11, contentivo de la solicitud de Únicos y Universales Herederos, presentada por el ALBERTO JOSÉ VELUTINI TERAN. La presente certificación fue autorizada por la Juez de este Tribunal, y se expide de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, en Carrizal a los treinta y un (31) día del mes de marzo de dos mil once (2011). Años: 200º y 152º.-
EL SECRETARIO
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ABG. JOSE A. FREITAS
LAGG/JAF*.-.
Bd/2019-11
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