JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO MIRANDA, CON SEDE EN LOS TEQUES.-

Los Teques, 10 de mayo de 2011.
200º y 151º
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el apoderado judicial de la parte demandada, abogado CARMELO ENRIQUE DÍAZ ESCOBAR, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº.58.762, mediante la cual desiste la apelación ejercida en fecha 27 de abril de 2011, contra el auto de fecha 15 de abril de 2011, dictado por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques. Este Tribunal, al respecto de conformidad con lo establecido en los artículos 263 y 265 del Código de Procedimiento Civil, los cuales se aplican de manera analógica y en concordancia lógica, a tenor de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, homologa el presente desistimiento, entendiéndose como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, en consecuencia, este Tribunal, ordena la inmediata remisión del presente expediente a su Tribunal de Origen. Remítase


ALDOFO HAMDAN GONZÁLEZ
JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
EXP Nº.1704-11
AHG/EVZ/evz*