REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES

ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, martes, dieciséis (16) de mayo de 2011, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto de sentencia oral en la causa seguida por CALIFICACIÓN DE DESPIDO por la ciudadana REYNA JOSEFINA ALFONZO de RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.845.515, contra la empresa INTEVEP, S.A (filial de Petróleos de Venezuela), en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionada, abogado CLAUDIO EDUARDO GIUMMARRA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.063 contra la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1695-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de las apoderadas judiciales de la empresa demandada apelante, abogadas, SOL SCARLET ARIAS FERNANDEZ y CARMEN ARCHILA VEGA inscritas en el INPREABOGADO bajo los números 10.615 y 10.934, respectivamente. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la ciudadana REYNA JOSEFINA ALFONZO DE RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.845.515, en su carácter de parte actora y del abogado JOHAN ALEXANDER LÓPEZ CARILLO inscrito en el INPREABOGADO bajo los números 101.527. Seguidamente se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara: PRIMERO: CON LUGAR, la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionada, abogado CLAUDIO EDUARDO GIUMMARRA inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 37.063 contra la sentencia dictada en fecha 28 de marzo de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por CALIFICACIÓN DE DESPIDO interpuesto por la ciudadana REYNA JOSEFINA ALFONZO de RODRÍGUEZ, titular de la Cédula de Identidad N°. 4.845.515, contra la empresa INTEVEP, S.A (filial de Petróleos de Venezuela. TERCERO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 28 de marzo de 2011, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Los Teques. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA EN COSTAS, de conformidad con el criterio acogido por la Sala Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia. del mes de marzo de 2009, conj ponencia del Magistrado Juan Rafael Perdomo. De conformidad con lo establecido en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión y previa notificación de la Procuraduría General de la República, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, dieciséis (16) días del mes de mayo de año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR



PARTE ACTORA Y SU APODERADO JUDICIAL




APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA




LA SECRETARIA
EDINET VIDES ZAPATA



EXP. 1695-11.-
AHG/EVZ.-