REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, Once (11) de Mayo de Dos mil once (2011).
201º y 152º


Vistas las actuaciones que anteceden, especialmente documento de propiedad del terreno debidamente registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha Nueve (09) de Mayo de 2003, bajo el Nro. 21, Protocolo Primero, Tomo 08, Solvencia, y plano del terreno, presentados todos a efectum videndi. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de las ciudadanas YEXSY DAYANA MARQUEZ GONZALEZ y EDITH MARLENE CHACON CANDELLE, venezolanas, mayores de edad, solteras, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nro. V- 17.533.557 y V- 11.037.551, respectivamente, sobre la bienhechuría ubicada en el sitio denominado “SAN RAFAEL”, Urbanización Río Arriba, Carretera Río Arriba, ubicado al Noroeste de la población de San Pedro de Los Altos, Los Teques, Municipio Guaicaipuro, Estado Bolivariano de Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de la misma constante de (04) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, así como la copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.

LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,

Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,

LESBIA MONCADA de PICCA





THA/LMdeP/Lisbeth.
Solicitud N° 2011-0849