REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Los Teques, 12 de mayo de 2011
201º y 152º
Vista la solicitud de Titulo Supletorio, presentada por el ciudadano HECTOR ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.316.477, especialmente el documento Nro. 0257 emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda, en fecha 25 de abril de 2011. Este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano HECTOR ANTONIO PEREZ, venezolano, mayor de edad, soltero, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nro. V-15.316.477, sobre las bienhechurías cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de la misma constante de diez (10) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, y copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
ABG. LESBIA MONCADA de PICCA
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. LESBIA MONCADA de PICCA
THA/ LMdeP/dfa
Solicitud Nº 2011-0847