REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA. Los Teques, veintisiete (27) de Mayo dos mil once (2011).
201º y 152º
Vista la solicitud de Título Supletorio, presentada por la ciudadana HURTADO VILLEGAS NANCY COROMOTO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.432.131, y los recaudos presentados, Cédula Catastral, Croquis, certificado de Solvencia y documentos emanados de la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda bajo el N° 11, tomo 16, protocolo Primero de fecha 25 de agosto de 2004, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, así como la Resolución N° 2009-0006 emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2009, y publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 el día 02 de Abril de 2009, declara dichas actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana HURTADO VILLEGAS NANCY COROMOTO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.432.131, sobre una porción de terreno de la Parcela N° 86, ubicada en el Parcelamiento El Prado, situado entre las poblaciones de San José de los Altos, en Jurisdicción del Distrito Cecilio Acosta del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, cuyos linderos, medidas y demás determinaciones constan suficientemente en la solicitud que encabeza las presentes actuaciones, se ordena la devolución de la misma constante de seis (06) folios útiles, previa constancia en el Libro Diario llevado por este Tribunal, así como la copia certificada que de las presentes actuaciones se ordena agregar a los archivos de este Tribunal
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL,
Dra. TERESA HERRERA ALMEIDA.
LA SECRETARIA,
LESBIA MONCADA DE PICCA.
THA/LMdP/cleo
Solicitud N° 2011-0845