REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA
San Antonio de Los Altos, 17 de mayo de 2011
201° y 152°
Recibido como ha sido el presente escrito de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentado por los ciudadanos Aizary Margarita Herrera Viloria, Julio César Herrera Viloria, Melida Herrera Ramírez y Margarita Mercedes Viloria de Herrera, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad NROS 4.249.282, 3.482.140, 2.995.589 y 916.668, respectivamente; asistidos por el abogado José Eduardo Guarapo Rodríguez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 41.897; así como la justificación de los testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: AIZARY MARGARITA HERRERA VILORIA, JULIO CÉSAR HERRERA VILORIA, MELIDA HERRERA RAMÍREZ y MARGARITA MERCEDES VILORIA DE HERRERA, antes identificados; en su carácter de causahabientes, quienes son hijos y esposa del causante, ciudadano JULIO DEL CARMEN HERRERA MÉNDEZ, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 281.960, y quien falleció en fecha 13 de marzo de dos mil once (2011), tal como se desprende de Acta Nº 35 emitida por el Registro Civil del Municipio Los Salias del Estado Miranda; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase a los solicitantes en original todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR
EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ
MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ
Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO
Expediente N°: S-2011-070
LCH / MMI / jge
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