REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO LOS SALIAS
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA



San Antonio de Los Altos, 31 de mayo de 2011
201° y 152°


Visto el escrito contentivo de Solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana EDITH DEL VALLE LAYA de BERNAEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad N° 3.822.475, asistidos por la profesional del derecho, ciudadana Ana Teresen Laya, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 106.750; así como la justificación de las testigos promovida y evacuada; este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS a los ciudadanos: EDITH DEL VALLE LAYA de BERNAEZ, MARGELIS JOSEFINA LAYA AGUILAR, ANA DE JESUS LAYA AGUILAR, NICOLAS LAYA AGUILAR y ELEAZAR LAYA AGUILAR, quienes son hijos de la causante, venezolanos, mayores de edad, y titulares de las Cédulas de Identidad NROS 3.822.475, 3.441.309, 5.990.638, 4.004.305 y 3.854.974, respectivamente; en la sucesión de la ciudadana EMMA RAMONA AGUILAR de LAYA, quien en vida era de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 2.426.757, y quien falleció en fecha 31 de julio de 2006, en su carácter de causahabientes de la prenombrada causante; todo sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho. Devuélvase al solicitante en original, todas las actuaciones que conforman la presente solicitud. Déjese copia certificada del presente Decreto y constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TITULAR

EL SECRETARIO
LEONORA CARRASCO HERNÁNDEZ


MAIKEL MEZONES IBÁÑEZ



Se deja constancia de que se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente.
EL SECRETARIO


Expediente N°: S-2011-082
LCH / MMI / hep