REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO
REPÚBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, Dieciocho (18) de Mayo de 2011.
201° y 152°
Vista la solicitud de ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la ciudadana MILA MARLENE QUINTERO BAEZ, asistida por el abogado WILMER JESÚS MALDONADO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 67.025. Este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUÁSIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a los ciudadanos MILA MARLENE QUINTERO BAEZ, MILI QUINTERO BAEZ, PILI QUINTERO BAEZ y MAURICIO ERNESTO QUINTERO BAEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nos. V.-11.497.819, V.-12.235.772, V.-12.235.771 y V.-14.606.893, el CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la decujus ALIX JOSEFA BAEZ GUERRA, quien era venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V.-5.025.004, fallecida el día 29 de noviembre de 2010, según acta de defunción Nro. 827 de fecha 16 de Diciembre de 2010, madre de los ciudadanos antes identificados.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros.
Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ TITULAR,
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
En la misma fecha se deja copia certificada para el archivo del Tribunal.
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
/Nidelys
Sol. 5171-2011
La Juez Titular, (fdo) Abg. Luisa Medina. La Secretaria, (fdo) Abg. Marisol Maldonado. Hay sello del Tribunal. La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud Nro. 5171-2011 de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS llevado por este Tribunal. Táriba, Dieciocho (18) de Mayo de 2011.
LA SECRETARIA,
ABG. MARISOL MALDONADO
/Nidelys