REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE EJECUCIÓN LOS TEQUES
Los Teques, 13 de mayo de 2011
200° y 152°
Causa Nro. 4E-198-11
JUEZ: ABG. CAROLINA VENTO GARCIA
SECRETARIA: ABG. INGRID MORENO GARCIA
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
PENADO: ALFREDO ANTONIO DELGADO, de nacionalidad venezolano, natural Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 23-12-1966, de 44 años de edad, portador de la cédula de identidad número V-11.317.223, residenciado en: Alberto Ravel, subiendo por la escalera donde está la bodega, la primera casa del plan, S/N, de bloques sin frisar con portón marrón, Los Teques, Estado Miranda.
DEFENSA: Abg. FRANCIA COELLO, Defensora Pública Penal adscrita a la Unidad de Defensa Pública Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
FISCAL: Fiscal Décimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda.
DELITO: TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
PENA IMPUESTA: 4 años de prisión y penas accesorias del artículo 16 del Código Penal.
Por recibido en fecha 13 de abril de 2011, el presente expediente procedente del Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, a los fines de proceder a la ejecución del fallo dictado, se observa:
Definitivamente firme como quedó la sentencia publicada en fecha 14 de marzo de 2011, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda con sede en la ciudad de Los Teques, que condenó al ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, de nacionalidad venezolano, natural Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 23-12-1966, de 44 años de edad, portador de la cédula de identidad número V-11.317.223, residenciado en: Alberto Ravel, subiendo por la escalera donde está la bodega, la primera casa del plan, S/N, de bloques sin frisar con portón marrón, Los Teques, Estado Miranda, a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION y las penas accesorias previstas en el artículo 16 del Código Penal, por ser responsable en la comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION MENOR, previsto y sancionado en el artículo 31 tercer aparte de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en consecuencia, se acuerda la inmediata ejecución del fallo dictado, conforme lo dispuesto en el artículo 479 en relación con lo previsto en el artículo 482, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que pasa a precisar este Tribunal, el cómputo de la pena, fecha de finalización de la misma, y las oportunidades a partir de las cuales el penado cumple el tiempo mínimo requerido para optar a cualquiera de las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena y el Confinamiento, así como la redención de la pena y, en su caso, la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena.
PRIMERO: El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, de nacionalidad venezolano, natural Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 23-12-1966, de 44 años de edad, portador de la cédula de identidad número V-11.317.223, residenciado en: Alberto Ravel, subiendo por la escalera donde está la bodega, la primera casa del plan, S/N, de bloques sin frisar con portón marrón, Los Teques, Estado Miranda, fue aprehendido en fecha 17-08-2010, manteniéndose en esa situación hasta el día de hoy 13-05-2011, computándose a favor del reo el tiempo que ha permanecido privado de su libertad, en atención a lo establecido en el segundo aparte del artículo 484 del Código Orgánico Procesal Penal, con un tiempo de privación de libertad de 8 meses y 26 días.
SEGUNDO: El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, fue condenado a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑOS DE PRISION, lo que restado al tiempo de detención efectiva, se tiene que le falta por cumplir de la pena impuesta, al día de hoy, 13-05-2011, el tiempo de 3 años, 3 meses y 4 días.
El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, cumple la pena en fecha 17-08-2014.
TERCERO: El ciudadano penado ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, fue, igualmente, sentenciado a las penas accesorias señaladas en el artículo 16 del Código Penal, a saber:
a.- Inhabilitación política mientras dure la pena, esto es, hasta el 17-08-2014, y, en tal sentido, queda el ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, inhabilitado políticamente durante el tiempo de la pena, lo que implica privación de los empleos públicos o políticos que tenga éste, así como la incapacidad para obtener otros y para el goce del derecho activo y pasivo del sufragio.
b.- Sujeción a la vigilancia de la autoridad: En acatamiento de las sentencias, de carácter vinculante, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 19 de Febrero de 2008, expediente 07-1559, y 21 de Febrero de 2008, expediente 07-1653, no se aplica tal pena accesoria.
CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 479 numeral 1 y artículo 482 del Código Orgánico Procesal Penal, se especifican las fechas a partir de las cuales el penado, podrá solicitar las Fórmulas Alternativas de Cumplimiento de Pena que establece la ley:
a.- TRABAJO FUERA DEL ESTABLECIMIENTO: El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, podrá optar a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Destacamento de Trabajo, al cumplir una cuarta (1/4) parte de la pena impuesta, es decir, 1 año efectivo de privación de libertad, que ocurrirá el día 17-08-2011.
b.- DESTINO A ESTABLECIMIENTO ABIERTO: El penado ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, podrá optar a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Régimen Abierto, al cumplir una tercera (1/3) parte de la pena impuesta, es decir, 1 año y 4 meses efectivos de privación de libertad, que ocurre en fecha 17-12-2011.
c.- LIBERTAD CONDICIONAL: El penado ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, podrá optar a la Fórmula Alternativa de Cumplimiento de Pena Libertad Condicional, al cumplir dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, 2 años y 8 meses efectivos de privación de libertad, que ocurre en fecha 17-04-2013.
QUINTO: CONFINAMIENTO: El tiempo mínimo exigido, por el artículo 53 del Código Penal, para que el penado ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, pueda optar por la gracia del Confinamiento, es al cumplir las tres cuartas (3/4) partes de la condena impuesta, a saber, 3 años, lo cual ocurre en fecha 17-08-2013.
SEXTO: SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 493 numeral 2 del Código Orgánico Procesal Penal, el penado ALFREDO ANTONIO DELGADO, de nacionalidad venezolano, natural Valera, Estado Trujillo, nacido en fecha 23-12-1966, de 44 años de edad, portador de la cédula de identidad número V-11.317.223, residenciado en: Alberto Ravel, subiendo por la escalera donde está la bodega, la primera casa del plan, S/N, de bloques sin frisar con portón marrón, Los Teques, Estado Miranda, Puede OPTAR al Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por cuanto la pena impuesta no excede de 5 años.
SEPTIMO: REDENCIÓN DE LA PENA: El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, podrá optar por el beneficio de redención de la pena por el trabajo y/o el estudio realizados intramuros, desde la presente fecha, firme como se encuentra la sentencia dictada en su contra.
OCTAVO: DEL SITIO DE RECLUSIÓN: El ciudadano ALFREDO ANTONIO DELGADO, anteriormente identificado, se mantiene actualmente recluido en el Internado Judicial de Los Teques.
Notifíquese y líbrese lo conducente. Publíquese. Regístrese. Déjese copia autorizada. Cúmplase.
LA JUEZ CUARTO DE EJECUCION
ABG. CAROLINA VENTO GARCIA
LA SECRETARIA,
ABG. INGRID MORENO GARCIA
Seguidamente se dio cumplimiento a lo ordenado, y así lo certifico.
LA SECRETRARIA,
ABG. INGRID MORENO GARCIA
Causa Nro. 4E-198-11
13-05-2011
Auto de Ejecución y
Cómputo de pena
ALFREDO ANTONIO DELGADO
5/5.-