Siendo las 9:00 a.m., del día de hoy Veintitrés (23) de Noviembre del dos mil Once, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, ubicado en Calle Gustavo Farrera, calle Yaruro, C.C. Residencial El Campito, Torre “G”, Mezzanina, teléfono: 0239-2488562, a cargo de la Juez Eucebia Lucia Poleo, el Secretario Ad Hoc, Abg. Carlos Acosta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.291.963, Inpreabogado 44.180, conforme fue acordado en el sitio denominado: Avenida Bolívar, frente a Farmatodo, Charallave, Estado Miranda, a fin de darle cumplimiento a la medida de Preventiva de Secuestro, ordenado por el Juzgado del Municipio Lander de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Miranda, con sede en Ocumare del Tuy, con oficio Nº 2800-(943) de fecha 17 de Noviembre del 2011, en el juicio que por Desalojo sigue Petronio Ramón Bosque, debidamente identificado en autos, actuando con el carácter de apoderado judicial del ciudadano Germán Olinto Gutiérrez Hernández contra Gerardo Alva Jacobo. Presentes en este acto el Apoderado Judicial de la parte actora Abg. Petronio Bosques, venezolana, mayor de edad e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 43.697. El Depositario Judicial Ildemaro Lemus, Representante de la depositaria Judicial “Defica” C.A., el ciudadano Luis Reveròn, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 4.285.223, en su condición de Perito Avaluador, cuyo domicilio profesional, está ubicado en Avenida Los Procedes, Avenida Perimetral Cúa Estado Miranda, Sector Aparay. Casa s/n, Cel. 0416-4146259, previamente designados y juramentados. Los funcionarios policiales Luis Enrique Ascanio Campos y Zoila Rosa Piñate Rodríguez, titulares de la cédula de identidad Nº 19.548.418 y 16.671.340, respectivamente, adscritos a la Policía Municipal de Charallave, para el resguardo y custodia del Tribunal y las personas que lo acompañan. Por cuanto es un local abierto no se dieron los tres toques de ley estando presente el ciudadano Gerardo Alva Jacobo, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 14.387.527, en su carácter de demandado en este juicio, asistido en este acto por el profesional del derecho, Ronald José Morillo Cisnero, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de la identidad Nº 12.614.991, Inpreabogado bajo el Nº 131.249, a quienes se le notifico de la misión del Tribunal. A los fines de dar cumplimiento con los artículos 26 y 49 Constitucional le fue entregada copia simple del Mandato de Ejecución, al ciudadano notificado. En este estado el apoderado judicial Abg. Petronio Bosques, identificado, señala que el inmueble objeto de la presente medida. En este estado se deja constancia que no se realizo inventario de los bienes por cuanto el notificado ya identificado, manifiesto que se llevara los bienes por su cuenta, riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: Centro Comercial Don Samuel Primer piso, local 34, Charallave, Estado Miranda. Estos bienes muebles serán traslado por el ciudadano Hernán Jesús Infante Caraballo, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 13.599.408, en su condición de chofer del vehículo placa A63CA8A, Año 2007, marca Ford. En este estado hizo acto de presencia el ciudadano Víctor Alejandro Pérez Lamon, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.475.201, en su condición de Cerrajero Profesional, quien estando presente acepto el cargo y prestó juramento de Ley. Se deja constancia que se hizo cambio de dos (2) candados de las puertas de acceso al local comercial. A continuación el Perito Avaluador Luis Reveron, expone: El local en cuestión se encuentra en buen estado de conservación. En este estado el Tribunal declara SECUESTRADO el inmueble (local comercial) libre de bienes y personas, y hace entrega al ciudadano Abg. Petronio Bosques, apoderado judicial del ciudadano Germán Olindo Gutiérrez, quien estando presente, lo reciben bien y conforme en el estado en que se encuentra. Siendo las 2:00 pm, el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda regresar a su sede, Terminó se leyó y conformes firman. L.S. La Juez. El Notificado. El abogado Asistente. Lel Apoderado Judicial. El Depositario. El Perito. El Chofer. Los funcionarios Policiales. El Cerrajero. El Secretario Ad-Hoc (Fdos) ilegibles.

ELP/mayerlin
Comisión 2011-843