REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Carrizal, 29 de noviembre de 2011.
201º y 152º
Vistas las actuaciones que anteceden, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TÍTULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana JUSTINIANA COLMENARES de COLMENARES, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.090.653, construida en un lote de terreno propiedad municipal que tiene un área aproximada de TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE CON NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (349,94 M2), ubicado en: Comunidad Brisas de Oriente, parte alta, sector la Cruz, casa Nº 42,, Jurisdicción del Municipio Carrizal, Estado Bolivariano de Miranda, con un área de construcción aproximada de CUARENTA Y SEIS CON SESENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (46,64 M2), según consta de autorización de fecha 21 de noviembre de 2011, expedida por la Alcaldía del Municipio Carrizal, Dirección de Catastro; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Devuélvanse en original las presentes actuaciones, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por la abogada en ejercicio, SHELLEY GIRÓN, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 63.043. Así mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 310 de Código de Procedimiento Civil, se subsana el error material contenido en la declaración de los testigos, en cuanto a la identificación de la solicitante, pues donde dice “JUSTINA”, se debe entender y leer “JUSTINIANA”, quedando así reformadas parcialmente las referidas actas, únicamente en lo que se refiere a dicho nombre. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Déjese constancia en el Libro Diario llevado en este Tribunal.
La Juez Titular,
Dra. Liliana A. González G.
El Secretario Titular,
Abg. José Antonio Freitas
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de nueve (09) folios útiles.
El Secretario Titular,
Abg. José Antonio Freitas
ExP. Nº 2195-11
LAGG/JAF*
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