REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





JUZGADO DEL MUNICIPIO CARRIZAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA


Carrizal, 09 de noviembre de 2011.
201º y 152º

Vista la solicitud presentada por la ciudadana CARMEN AMELIA MATERANO RODRÍGUEZ, y visto igualmente el auto proferido por este Tribunal en fecha 08 de noviembre de 2011, mediante el cual se requirió a la solicitante la consignación de copia certificada del documento de propiedad del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, quien suscribe deja plena constancia de que la solicitante dio cumplimiento a lo solicitado y presentó ante la secretaría de este Juzgado copia certificada del documento requerido el cual fue verificada en su contenido. En consecuencia, este Tribunal, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y en virtud de lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA las mismas TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor de la ciudadana CARMEN AMELIA MATERANO RODRÍGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-10.312.779, sobre las mejoras y bienhechurías construidas en un lote de terreno ubicado en la carretera que conduce a San Diego de los Altos, sector Pasatiempo, calle Principal, Municipio Guaicaipuro (hoy Jurisdicción del Municipio Carrizal) Estado Miranda, con un área de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y UN DECÍMETROS CUADRADOS (475,81 mts.2), según consta de documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario del Municipio Guaicaipuro del Estado Miranda, en fecha 04 de septiembre de 2009, quedando anotado bajo el Nº 2009.1663, Asiento Real 1 del inmueble matriculado con el Nº 229.13.17.1.616 correspondiente al Libro del Folio Real del año 2009; cuyos linderos, medidas y demás determinaciones se identifican plenamente en la solicitud. Quedando a salvo los derechos de cualquier tercero que pudiere verse afectado por la presente declaración. Devuélvanse las presentes actuaciones en original, al promovente, incluyendo la solicitud que encabeza las mismas, la cual procede redactada por el abogado ARGENIS CORDOVEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 71.482. Este Juzgado deja expresa constancia de haber tenido a la vista documento de propiedad protocolizado ante la mencionada oficina de registro, en fecha 04 de septiembre de 2009, supra identificado. Expídase copia certificada de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.
La Juez Titular,


Dra. Liliana A. González G.
El Secretario Titular,

Abg. José Antonio Freitas
Nota: En esta misma fecha se devuelve la presente solicitud constante de siete (07) folios útiles.
El Secretario Titular,

Abg. José Antonio Freitas





2183-11
LAGG/JAF/Rb.-