REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 15 de Noviembre de 2011
201º y 152º
De una revisión realizada a las actas levantadas con motivo a las declaraciones rendidas por los ciudadanos TARCISIO NICOMEDES FERNANDEZ KANZLER y JUAN CARLOS BORGES FREY, identificados en autos, este Tribunal observa que ambos ciudadanos cuando se le pregunto lo siguiente: “¿Diga el testigo si conoce las características de las bienhechurias construidas por el ciudadano ORLANDO GERIK GERIK, ubicadas en el sector El Centro de El Jarillo, Municipio Guaicaipuro del Estado Bolivariano de Miranda? Señálelas”, el primero contesto: “Si, es de bloque, cabilla, piso de cerámica, es de dos niveles tiene cuatro locales”, y el segundo contesto lo siguiente: “Si, es de dos niveles, tiene cerámica, cuatro habitaciones en la parte de arriba”. Ahora bien, la parte solicitante establece en su escrito de solicitud que las bienhechurias están constituidas por tres (3) plantas, distribuidas de la siguiente manera: Primera Planta, consta de tres (3) habitaciones, dos (2) baños, un (1) recibo, una (1) sala, un (1) comedor, una (1) cocina y un (1) lavadero; la Segunda Planta consta de cinco (5) locales, dos (2) baños y un (1) pasillo central; y la Tercera Planta consta de un (1) salón único. Este Órgano Jurisdiccional niega la presente solicitud de Titulo Supletorio, por cuanto de las declaraciones de los testigos no puede concluirse que han quedado plenamente demostrados los hechos alegados por la parte solicitante en su escrito.-
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
EXP. Nº 1460/2010
JVA/jg/cc.-
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