REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
 
 ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
 
 
                                        Los Teques,  28 de Noviembre de 2011
 
                                                201º     y    151º
 
 
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente causa, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la Sociedad Mercantil PROMOCIONES Y VALORES LOS TEQUES, C.A., contra el ciudadano  MASLOUM MOHAMAD ALI, se observa que desde el día 22 de Septiembre del año 2011, fecha en que se le dio entrada en el Libro de Causas quedando anotada bajo el Nº 1502/2011, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte actora haya consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente causa y ordena el archivo del expediente.
 
LA JUEZ TITULAR
 
 
 
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
 
 
						                           EL SECRETARIO 
 
 
 
					                       ABG. JORGE GOMEZ
 
 
	En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
 
EL SECRETARIO 
 
 
 
ABG. JORGE GOMEZ
 
EXP. Nº 1502/2011
 
JVA/jg/mg.-
 
 
 
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