REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 28 de Noviembre de 2011
201º y 151º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente causa, en el juicio que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, sigue la Sociedad Mercantil PROMOCIONES Y VALORES LOS TEQUES, C.A., contra el ciudadano MASLOUM MOHAMAD ALI, se observa que desde el día 22 de Septiembre del año 2011, fecha en que se le dio entrada en el Libro de Causas quedando anotada bajo el Nº 1502/2011, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que la parte actora haya consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente causa y ordena el archivo del expediente.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
EXP. Nº 1502/2011
JVA/jg/mg.-
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