REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DEL MUNICIPIO GUAICAIPURO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
Los Teques, 28 de Noviembre de 2011
201º y 151º
Revisadas como han sido las actuaciones que integran la presente solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada por los ciudadanos CANDIDA ROSA GONZÁLEZ MARTÍNEZ y HÉCTOR JOSÉ CAMACARO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nos. 12.161.642 y 14.591.316, respectivamente, se observa que desde el día 25 de Octubre del año 2011, fecha en que se le dio entrada en el Libro de Causas quedando anotada bajo el Nro. 1552/2011, han transcurrido más de treinta (30) días, sin que los solicitantes hayan consignado los documentos fundamentales para que este Juzgado se pronunciase sobre la admisibilidad, en consecuencia este Tribunal declara INADMISIBLE IN LIMINI LITIS la presente solicitud y ordena el archivo de la misma.
LA JUEZ TITULAR
DRA. JACQUELINE VEGA ALVAREZ
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior.
EL SECRETARIO
ABG. JORGE GOMEZ
EXP. Nº 1552/2011
JVA/jg/mg.-
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