REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO

REPUBLICA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Táriba, 30 de NOVIEMBRE de 2011.
201° y 152°
Vista la solicitud presentada por la Ciudadana MIRIAM OMAIRA COLMENAREZ ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.674.824, asistida por las abogadas YAJAIRA COROMOTO LACRUZ MARQUINA Y MARIBEL LOPEZ ROSALES, inscritas en el IPSA bajo los N° 65.866 y 45.866 respectivamente; y oídas las declaraciones de las Ciudadanas: GLADYS BELEN RAMIREZ GUERRERO Y NERITA CONSOLACION SIERRA SANCHEZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.788.006 y V-5.020.280 respectivamente, ESTE JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CARDENAS GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, y por autoridad de la Ley declara bastantes y suficientes los recaudos consignados con la solicitud, los cuales han sido debidamente analizados y ponderados, para asegurarle a: la ciudadana MIRIAM OMAIRA COLMENARES ROA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.674.824, junto con los ciudadanos LUISANY ELSABAY MORALES DE GUERRERO, ROOSVELT HELVECIO MORALES MENESES Y HELBERT CHURCHILL MORALES MENESES, venezolanos, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.545.310, V-13.549.655 y V-16.231.912 y hábiles, respectivamente, el CARÁCTER DE UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del decujus: ROOSELVET CHURCHILL MORALES UZCATEGUI, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-2.549.877, fallecido el 22 de Marzo del 2010, en el CENTRO DE CIRUGÍA SAN SEBASTIAN ubicado en SAN CRISTOBAL ESTADO TACHIRA, en su carácter de concubina la primera, y los tres últimos en su carácter de hijos del ciudadano antes identificado, los cuales ya han sido declarados UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS en fecha 16 de Junio del 2010, por el Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial.
Conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase originales de estas actuaciones, y déjese copia fotostática certificada para el archivo del Tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. La Juez títular fdo. Abg. Luisa Medina. La Secretaria fdo. Abg. Anny Ortiz. Esta el sello del Tribunal.
La suscrita Secretaria del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud N° 5354-2011 de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, llevado por este Tribunal. Táriba, 30-11-2011.
LA SECRETARIA,

GR ABG. ANNY ORTIZ