REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Táriba, 30 de Noviembre de dos mil Once.
201° y 152°
Presentado personalmente por sus firmantes constante de (30) folios útiles, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada en el Libro respectivo y el curso de ley correspondiente. De conformidad con lo solicitado por los cónyuges, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley DECRETA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS y DE BIENES POR MUTUO CONSENTIMIENTO de los cónyuges: YOMELIS YANIN ZAMBRANO DE MALDONADO y YOSMER ALEXANDER MALDONADO ZAMBRANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-17.108.192 la primera y 13.468.074, respectivamente, domiciliados en La Urbanización Francisco de Miranda, Calle 15, N° 13-59, Táriba, Municipio Cárdenas, Estado Táchira, asistidos por el(a) abogado(a) NELIDA MARISOL GARCÍA PÉREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 35.379, los cuales se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de separación de cuerpos y de bienes. EXPÍDASE LAS FOTOCOPIAS CERTIFICADAS SOLICITADAS, PARA LO CUAL SE INSTA A LA PARTE A CONSIGNARLAS LAS RESPECTIVAS FOTOCOPIAS A LOS FINES DE SU CERTIFICACIÓN. LA JUEZ TITULAR.
ABG. LUISA MEDINA
LA SECRETARIA.
ABG. ANNY ORTIZ
En la misma fecha se le da entrada bajo el No 5387 del Libro de solicitudes llevado por este Tribunal.
LA SECRETARIA.
ABG. ANNY ORTIZ
La suscrita, Secretaria del JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CÁRDENAS, GUASIMOS Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en el expediente 5387-2011 de SEPARACIÓN DE CUERPOS, llevado por este Tribunal. TARIBA, 30-11-2011.
LA SECRETARIA.
C/P ABG. ANNY ORTIZ