JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA. Independencia, 01 de noviembre de 2011.
201º y 152º
Vista el acta de fecha 27 de octubre de 2011, suscrita por la ciudadana MARÍA ELENA VIVAS TUTA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-12.229.436 y con domicilio en el Municipio Independencia del Estado Táchira; mediante la cual conviene en la solicitud por Ofrecimiento de Obligación de Manutención, presentada por el ciudadano VIRGILIO DEPABLOS TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.146.684, del mismo domicilio que la anterior; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Asimismo, se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario, a fin de que se realicen los depósitos correspondientes. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL,
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
LA SECRETARIA,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) _________, quedó registrada bajo el Nº __________, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación. Se libró oficio N° 3140-_____.
Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 2135/2011
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.
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