REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Tachira, 25 de Noviembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2010-000731
ASUNTO : SP11-P-2010-000731
RESOLUCION
LAS PARTES
JUEZ: ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
FISCAL: ABG. MARJA LORENA SANABRIA
SECRETARIA: MARIFE COROMOTO JURADO DIAZ
IMPUTADO: CESAR MAURICIO HENAO MONTES
DEFENSOR :ABG. LEONARDO SUAREZ
Revisadas las Actuaciones de la presente causa; y vista el Acta de Audiencia Preliminar celebrada en fecha 04-11-2010, en contra del ciudadano CESAR MAURICIO HENAO MONTES, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 14 de Noviembre de 1.985, titular de la cédula de identidad N- 83.178.168, de 24 años de edad, de profesión estudiante, soltero, hijo de Julio Cesar Henao Montes (f) y de Leonor Montes (f), residenciado en el barrio Simon Bolívar, Carrera 16 N° 6-44; barrio Simon Bolívar; San Antonio Municipio Bolívar, Estado Táchira, teléfono 0416-2719980, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA; ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mildet Yisel Carvajal, en la que este Tribunal decretó la Suspensión Condicional del Proceso con Régimen de Prueba; este Tribunal para decidir observa:
Así mismo, En la audiencia de hoy, miércoles Veinticuatro (24) de Noviembre de 2011, siendo las 10:30 de la mañana; día y hora fijado para la realización de la Audiencia Especial de Verificación de Cumplimiento de Condiciones, de conformidad con el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del acusado ciudadano: CESAR MAURICIO HENAO MONTES, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 14 de Noviembre de 1.985, titular de la cédula de identidad N- 83.178.168, de 24 años de edad, de profesión estudiante, soltero, hijo de Julio Cesar Henao Montes (f) y de Leonor Montes (f), residenciado en el barrio Simon Bolívar, Carrera 16 N° 6-44; barrio Simon Bolívar; San Antonio Municipio Bolívar, Estado Táchira, teléfono 0416-2719980, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA; ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mildet Yisel Carvajal. Presentes: El Juez, Abg. Richard Enrique Hurtado Concha; la secretaria, Abg. Marifé Coromoto Jurado Diaz, el alguacil de Sala, la Fiscal Vigésima Cuarta del Ministerio Público Abg. Marja Lorena Sanabria; el imputado de autos y su defensor público Abg. Leonardo Suarez; una vez verificada la presencia de las partes, la Juez declaró abierto el acto y le cedió el derecho de palabra al acusado, quien impuesto del precepto constitucional previsto en el artículo 49 ordinal 5º de la Constitución de la República Bolivariana Venezuela, y de la disposición contenida en el artículo 131 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestaron estar dispuesto a declarar, de inmediato el ciudadano: CESAR MAURICIO HENAO MONTES, libre de juramento y sin coacción alguna expuso: “Ciudadana Juez, yo he cumplido con las condiciones que impuso el Tribunal y consigno en este acto constancia de haber cumplido con la labor social, es todo”. Se ordena Agregar constante de Un (01) folios útiles, lo entregado por el imputado. Seguidamente, el Juez le cedió el derecho de palabra al Abg. Leonardo Suarez, Defensor Público del imputado quien expuso: “Visto el cumplimiento por parte de mi defendido, el cual se puede verificar el libro de control y conforme a lo establecido en el artículo 45 del Código Orgánico Procesal Penal, solicito al Tribunal decretar la extinción de la acción penal y dictar el sobreseimiento de esta Causa, es todo”. El representante del Ministerio Publico expuso “Pido al Tribunal verifique si ciertamente el acusado ha cumplido con las condiciones impuestas y de haberlo hecho, no tengo objeción alguna de que se concluya el presente proceso conforme a la Ley, es todo”.
DEL DERECHO
En virtud de las consideraciones anteriormente relacionadas y habiéndose verificado en la Oficina de Alguacilazgo y a través de las Constancias consignadas a los autos, este Tribunal concluye que del ciudadano CESAR MAURICIO HENAO MONTES, cumplió con las condiciones impuestas en fecha 04-11-2010, todo como consecuencia de la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA; ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mildet Yisel Carvajal, conforme a lo establecido en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por lo tanto, lo procedente y ajustado a derecho es declarar con lugar la EXTINCION DE LA ACCION PENAL y como consecuencia de ello, se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano CESAR MAURICIO HENAO MONTES de conformidad con lo establecido en los artículos 48 ordinal 7º y 318 ordinal 3º ambos del Código Orgánico Procesal Penal, por haberse verificado el total cumplimiento de las condiciones impuestas, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 eiusdem. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
EN CONSECUENCIA ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL NÚMERO DOS DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad a lo establecido en el artículo 48 numeral 7, del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 45 ejusdem, y en consecuencia DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano: CESAR MAURICIO HENAO MONTES, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta Norte de Santander, República de Colombia, nacido en fecha 14 de Noviembre de 1.985, titular de la cédula de identidad N- 83.178.168, de 24 años de edad, de profesión estudiante, soltero, hijo de Julio Cesar Henao Montes (f) y de Leonor Montes (f), residenciado en el barrio Simon Bolívar, Carrera 16 N° 6-44; barrio Simon Bolívar; San Antonio Municipio Bolívar, Estado Táchira, teléfono 0416-2719980, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA; ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en los artículos 42 y 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Mildet Yisel Carvajal; de conformidad con lo dispuesto en el 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.
Con la lectura de la presente acta quedaron notificadas las partes. Regístrese y déjese copia de la decisión para el archivo del Tribunal, vencido el lapso de Ley, remítase la causa al Archivo Judicial.
ABG. RICHARD ENRIQUE HURTADO CONCHA
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG.
SECRETARIO
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