REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL EXTENSIÓN VALLES DE TUY

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda - Extensión Valles del Tuy

Valles del Tuy, 30 de Noviembre de 2011
200º y 151º

ASUNTO PRINCIPAL: MP21-P-2010-000957

RESOLUCION JUDICIAL

En fecha 29 de noviembre de 2011, se recibió escrito, en la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, oficio numero 1286-11, emanado del director del Internado Judicial de los Teques, el cual suscribe el ciudadano PAYAGUA ALEXANDER ANTONIO, al cual se le sigue la causa signada con el numero MP21-P-2010-000957, en la cual solicita sea trasladado para el Centro Penitenciario Región Capital de Yare I, ya que el otro imputado, en la presente causa, se encuentra recluido en el Centro Penitenciario de Yare.

A los fines de decidir, este Juzgado observa que el imputado solicita el traslado para el Centro Penitenciario Región Capital Yare I, ya que la solicitud voluntaria del traslado, es ocn la finalidad de que no se dilate aun mas las causa, y que hasta para el propio Ministerio del Poder Popular para el Sistema Penitenciario, sea mas facil el traslado de las personas a los fines de que asistan a las audiencias fijadas en su contra, este Juzgado como garante de la Constitución, y por cuanto corresponde a los Órganos Jurisdiccionales velar por el cumplimiento de dichas normas y el Debido Proceso, acuerda el traslado del ciudadano PAYAGUA ALEXANDER ANTONIO, del Internado Judicial de los Teques, para el Centro Penitenciario Región Capital Yare, para la celebración en su oportunidad de la correspondiente audiencia preliminar. Y ASI SE DECLARA.

Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado acuerda con carácter de extrema urgencia, el inmediato traslado del ciudadano PAYAGUA ALEXANDER ANTONIO, al Centro Penitenciario Región Capital Yare I, a los fines de garantizar la efectiva celebración de la audiencia preliminar.

Notifíquese de la presente decisión al Fiscal del Ministerio Público, a la defensa privada y líbrese los correspondientes oficios al Director del Centro Penitenciario de Yare, y al Director del Internado Judicial de los Teques, a los fines de informar lo aquí decidido.
EL JUEZ TERCERO DE CONTROL (E)

ROBINSON SUAREZ ROMANO
EL SECRETARIO

JOSE LUIS DIAZ

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

EL SECRETARIO

JOSE LUIS DIAZ