REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL

JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE APELACIÓN

En el día de hoy, lunes, diez (10) de octubre de 2011, siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar la audiencia oral y pública de apelación en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por la ciudadana LINEIDA ELOÍSA MARTÍNEZ VILLALBA, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.582.329 contra las empresas INDUSTRIAS VENFA, C.A. Y PLÁSTICOS LOS TEQUES, C.A., en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora, abogado JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 51.146 contra la decisión de fecha 04 de agosto de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1763-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de la ciudadana LINEIDA ELOÍSA MARTÍNEZ VILLALBA, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.582.329, parte actora y de su apoderado judicial abogado apelante JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA, anteriormente identificados. Así mimo, se deja expresa constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de la parte demandada, abogada LOIDA GARCÍA ITURBE, inscrita en el inpreabogado bajo el N°.22.588. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se le concede el derecho de palabra al apoderado judicial de la parte actora, abogado JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA y cuyos alegatos quedó registrado en el material audiovisual. Acto seguido, se le concedió el derecho de palabra a la apoderada judicial de la parte demandada, abogada LOIDA GARCÍA ITURBE, cuyos alegatos quedaron registrados en el material audiovisual. Acto seguido, se le otorgó el derecho a réplica a los apoderados judiciales de las partes, quienes hicieron uso del mismo, lo cual quedo grabado en el material audiovisual. Concluida las exposiciones de las partes. Acto seguido el ciudadano Juez, procede a tomar la declaración de la ciudadana LINEIDA ELOÍSA MARTÍNEZ VILLALBA, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.582.329, venezolana, mayor de edad, en su carácter de parte actora, a los fines de reconocer las firmas contenidas en los recibos de pagos insertos a los folios 17 al 70 del Cuaderno de Recaudos denominado N° 2, los cuales se les puso a la vista y cuyos alegatos quedaron registrado en el material audiovisual. el ciudadano Juez, conforme al contenido del artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejó expresa constancia que se acogería al lapso de sesenta (60) minutos, para dictar sentencia oral correspondiente a la presente causa.- De regreso a la Sala de audiencias el ciudadano Juez Superior procedió, a dictar sentencia oral realizando previamente un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley: PRIMERO: SN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA, anteriormente identificado contra la sentencia de fecha 04 de agosto de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: Se declara PARCIALEMENTE CON LUGAR la demanda por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por la ciudadana LINEIDA ELOÍSA MARTÍNEZ VILLALBA, titular de la Cédula de Identidad N°. 13.582.329 contra las empresas INDUSTRIAS VENFA, C.A. Y PLÁSTICOS LOS TEQUES, C.A., en consecuencia, se condena a la parte demandada, al pago de los conceptos y cantidades que se determinarán en el texto íntegro de la sentencia. TERCERO: Se CONFIRMA la decisión de fecha 04 de agosto de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. CUARTO: Por la Naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, diez (10) días del mes de octubre de año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.


ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
EDINET VIDES ZAPATA
LA SECRETARIA
PARTE ACTORA

APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE ACTORA.

APODERADA JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA

EXP. 1763-11
AHG/EVZ*