REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO LABORAL
JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA
CON SEDE EN LOS TEQUES
ACTA DE AUDIENCIA DE PARTE
En el día de hoy, viernes, catorce (14) de octubre de 2011, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), oportunidad fijada por el Tribunal que tenga lugar el dictamen de la sentencia en la causa por cobro de PRESTACIONES SOCIALES seguida por el ciudadano YENDER DISANTIS BRAVO BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.147.240 contra la Sociedad Mercantil MERCANTIL MARSEN, C.A., en virtud de la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora y demandada, abogados JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA y JOSE RAMÓN CANADELL, inscritos en el inpreabogado bajo los N° 51.146 y 17.910, respectivamente contra la decisión de fecha 28 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques, la cual cursa en el expediente numero 1762-11 (nomenclatura de este Juzgado).- Una vez anunciado dicho acto a las puertas del Tribunal con las formalidades de Ley, se deja constancia de la comparecencia de la parte actora apelante, el ciudadano abogado JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante. Así mismo, se deja expresa constancia de la comparecencia del apoderado judicial de la parte demandada, abogado JOSE CANADELL inscrito en el inpreabogado bajo el N°.17.910. Seguidamente se da inicio al acto, haciendo acto de presencia el ciudadano ADOLFO HAMDAN GONZALEZ, Juez del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda, con Sede en Los Teques, quien dejó constancia de la grabación y filmación de la presente audiencia, a los fines de su posterior reproducción audiovisual, que constituye parte integrante del expediente de la causa, como lo dispone el artículo 166 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Seguidamente, se da inicio al presente acto, el ciudadano Juez, de conformidad con la norma contenida en el artículo 165 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, procede a dictar la sentencia oral en el presente expediente previo un análisis de los motivos de hecho y de derecho sobre los cuales funda su decisión, y declara lo siguiente: “…Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley y declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte actora abogado JOSÉ MELÉNDEZ PARUTA inscrito en el INPREABOGADO numero N° 51.146 contra la decisión de fecha 28 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por el apoderado judicial de la parte accionada abogado JOSE RAMÓN CANADELL, inscrito en el INPREABOGADO bajo 17.910, contra la decisión de fecha 28 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques. TERCERO: SE REVOCA la decisión de fecha 28 de julio de 2011, dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Bolivariano De Miranda Con Sede en Los Teques por contener ultrapetita . CUARTO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano YENDER DISANTIS BRAVO BLANCO, titular de la Cédula de Identidad N°. 16.147.240 contra la Sociedad Mercantil MERCANTIL MARSEN, C.A., por PRESTACIONES SOCIALES, declarando improcedente el pago de utilidades no demandadas, se revisara los pagos por los días correspondiente a la antigüedad, al bono nocturno, a las vacaciones así como domingo y feriados realizando todos los cálculos este Juzgado Superior Primero del Trabajo. QUINTO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo. La publicación del texto íntegro de la presente sentencia con los motivos de hecho y de derecho, se realizará al quinto (5°) día hábil siguiente a la presente fecha, y será a partir de la preclusión del mencionado lapso para la publicación de dicha decisión, comenzará a computarse el lapso para interponer los recursos correspondientes, de conformidad con lo señalado en la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Publíquese y Regístrese en los Libros y en la Página Electrónica del presente Juzgado Superior Primero del Trabajo. Dada, dictada, sellada y firmada, en la Sala de Audiencia del Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con Sede en Los Teques. a los catorce (14) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación. Se declara concluida la presente audiencia, es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
ADOLFO HAMDAN GONZALEZ
EL JUEZ SUPERIOR
ISBELMART CEDRE TORRES
LA SECRETARIA
APODERADO JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
EXP. 1762-11
AHG/ICT