REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN,
MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA-CHARALLAVE


N° DE EXPEDIENTE: 2.969-10
PARTE INTIMANTE: ANDRES GARCIA RAVELO
PARTE INTIMADA: BALGRES, C.A.
GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES DE LA PARTE INTIMADA
BALGRES, C.A.: CARLOS PEREIRA, titular de la cédula de identidad número V-
5.608.190
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

ACTA DE AUDIENCIA CONCILIATORIA

En el día de hoy Martes cuatro (04) de Octubre del 2011, comparece por ante la sede de este Tribunal el ciudadano ANDRES GARCIA RAVELO, titular de la cédula de identidad número V- 2.156.723, actuando en su carácter de parte Intimante y experto contable designado por este Juzgado, por una parte y por la otra el ciudadano CARLOS PEREIRA, titular de la cédula de identidad número V- 5.608.190, actuando en su carácter de GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES, de la parte intimada sociedad mercantil “BALGRES, C.A.”, comparecen a la sede de este Juzgado a los fines de celebrar una Audiencia Conciliatoria, con relación a la Intimación de Honorarios profesionales del experto arriba identificado, por la elaboración de la experticia complementaria del fallo.

Vista la exposición de las partes, este Tribunal acuerda en conformidad con lo expuesto, en consecuencia procede a dar inicio a la Audiencia Conciliatoria, llegando a los siguientes acuerdos:

PRIMERO: El ciudadano CARLOS PEREIRA, titular de la cédula de identidad número V- 5.608.190, actuando en su carácter de GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES, de la parte intimada sociedad mercantil “BALGRES, C.A.”, a los fines de dar cumplimiento a la Intimación de Honorarios Profesionales del Licenciado ciudadano ANDRES GARCIA RAVELO, por la elaboración de la experticia complementaria del fallo, ofrece en cancelar la cantidad de TRES MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 3.500,00), en dos (02) pagos discriminados de la siguiente forma:

 El primero: Por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 2.500,00), en este mismo acto mediante un (01) cheque identificado de la siguiente forma:

NOMBRE DEL EXPERTO
CONTABLE ENTIDAD
FINANCIERA FECHA DEL
CHEQUE N° DE CHEQUE CANTIDAD
ANDRES GARCIA RAVELO BANCO PROVINCIAL 04/10/2011 00002583 (Bs. 2.500,00)


El segundo y ultimo pago: Por la cantidad de MIL BOLIVARES CON 00/100 CENTIMOS (Bs. 1.000,00), el cual será cancelado el día Martes once (11) de Octubre del 2011, por ante la secretaria de este Tribunal.

SEGUNDO: El ciudadano ANDRES GARCIA RAVELO, titular de la cédula de identidad número V- 2.156.723, actuando en su carácter de parte Intimante y experto contable designado por este Juzgado, acepta el acuerdo de pago de sus honorarios profesionales, propuesto por el ciudadano CARLOS PEREIRA, titular de la cédula de identidad número V- 5.608.190, actuando en su carácter de GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES, de la parte intimada sociedad mercantil “BALGRES, C.A.”

Ahora bien por cuanto, el Tribunal observa en la transacción celebrada entre el ciudadano ANDRES GARCIA RAVELO, con el GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES, de la parte intimada sociedad mercantil “BALGRES, C.A.”:, lo siguiente: (i) que ellas versan sobre los derechos litigiosos; (ii) que constan por escrito; (iii) que contienen relaciones circunstanciadas de los hechos que la motivaron así como de los derechos que en ella se comprenden; (iv) que no se atenta contra el principio de irrenunciabilidad de los derechos de la parte Intimante, en consecuencia, este Tribunal, POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con las normas de los Artículos 1713 y 1718 del Código Civil, 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil; HOMOLOGA la transacción celebrada entre las partes y le da titulo de fuerza ejecutiva con todas las consecuencias jurídicas que devienen de la presente transacción, en tal sentido se procederá a dar por terminado el presente procedimiento y se ordenara el archivo definitivo del expediente una vez conste en autos el pago aquí acordado. CÚMPLASE.



Abg. KELLY SANCHEZ ACEVEDO
LA JUEZ

Abg. AMADO JUNIOR APONTE PAZ
EL SECRETARIO



LIC. ANDRES GARCIA RAVELO
PARTE INTIMANTE





LICENCIADO CARLOS PEREIRA
GERENTE DE RELACIONES INDUSTRIALES DE LA PARTE INTIMADA
KSA/AA/Jcg
Exp: N° 2.969-10