REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO PÁEZ Y PEDRO GUAL






REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA.

Río Chico, 17 de Octubre de 2.011-
201º y 152.-


EXPEDIENTE: Nº 2003-03.

CONSIGNATARIO: JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ.

BENEFICIARIO: MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ.

MOTIVO: PENSIÓN DE MANUTENCIÓN.


I

Se inicio el presente procedimiento de consignación mediante la comparecencia por ante este Juzgado en fecha 13 de enero de 2003, de los ciudadanos JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ y MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números 615.405 y 2.699.003, donde se deja constancia mediante acta que el primero de los mencionados se comprometía a depositar la cantidad de BOLIVARES VEINTE MIL (Bs. 20.000,00) ahora BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) estando de acuerdo la madre del menor, igualmente a depositar el 40% de su jubilación al momento de que se haga efectiva, la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, estuvo de acuerdo con lo expuesto por el ciudadano JOSÉ GONZÁLEZ. El tribunal dejó constancia del acuerdo llegado entre las partes. (F. 1). -------------------------------------------------------------------------

En la misma fecha 13 de enero este Juzgado mediante auto le da entrada de la Solicitud de Consignación por Pensión de Manutención bajo el N° 2003-03. (F. 2). ----------

En fecha 04 de febrero de 2003, comparece el ciudadano JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ y consigna la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 05 de febrero de 2003 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ solicita la entrega del dinero del cual es beneficiaria. (Fs. 3 y 4). ---------------

En fecha siete de febrero de 2003, comparecen nuevamente JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ y MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, ya suficientemente identificados, con el objeto de llegar a un acuerdo, donde el primero de los nombrados se compromete a retirar la denuncia que reposa en el Cuerpo Técnico de Policía Judicial en contra del ciudadano EDUARDO LINARES si la señora MERCEDES LÓPEZ le niega la entrada a la casa al antes mencionado ciudadano. (F. 5). ---------------------------------------

Folios seis (6) al folio quince (15), corren insertos autos de entrega de la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), que hizo JOSÉ GONZÁLEZ a favor de MERCEDES MARÍA de GONZÁLEZ, la cuales fueron retiradas sucesivamente. -----

En fecha 29 de Julio de 2003, este Juzgado libró oficio N° 2810-201, dirigido al ciudadano Jefe de Personal de la Dirección de Núcleos Regionales- Zona de Barlovento- Río Chico a los fines solicitar información a la fecha de pago y el monto derivado por los pasivos laborales del ciudadano JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ. (Fs. 16). -------------------

Folios diecisiete (17) al folio veinte (20), corren insertos autos de entrega de la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), que hizo el ciudadano JOSÉ GONZÁLEZ a favor de la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, la cuales fueron retiradas sucesivamente. ------------------------------------------------------------

En fecha 07 de octubre de 2003, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 69548295, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en la misma fecha la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira la cantidad mencionada mediante cheque 14769235. (Fs. 21 al 23). -------------------------------------------

En fecha 13 de noviembre de 2003, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 69548296, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 17 de noviembre la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ mediante cheque N° 07841441. (Fs. 24 al 26). ------------------------------------------------------------------

En fecha 19 de diciembre de 2003, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 74591750, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 20 de enero de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 24841461, por la cantidad mencionada. (Fs. 27 al 29). ------------------------------

En fecha 21 de enero de 2004, comparece JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 74590341, del Banco de Venezuela a nombre de este Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales son retirados en fecha 28 de enero de 2004 por MERCEDES LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 66841470. (Fs. 30 al 32). -----------------------------------

En fecha 26 de febrero de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 61471404, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 10 de marzo de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira cheque N° 07841494, por la cantidad mencionada. (Fs. 33 al 35). -------------------------------

En fecha 17 de marzo de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 61471441, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 18 de marzo la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 10841502. (Fs. 36 al 38). -------------------------------------------------------------------------------

En fecha 20 de abril de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 87068800, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 22 de abril de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 78002862. (Fs. 39 al 41). -------------------------------------------------------------------------------

En fecha 17 de mayo de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 74590342, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 18 de mayo de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 67002878. (Fs. 42 al 44). -------------------------------------------------------------------------------

En fecha 07 de junio de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 87101954, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 11 de junio de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira cheque N° 17002887, por la cantidad mencionada. (Fs. 45 al 47). -------------------------------

En fecha 30 de junio de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de dos (02) folio útiles planillas de depósitos Nros. 87101956 y 87101955, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) cada una y en fecha 01 de julio de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira cheque N° 70002894, por la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (Fs. 48 al 51). -----------

En fecha 29 de julio de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 94142140, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en la misma fecha la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 14002916. (Fs. 52 al 54). -------------------------------------------------------------------------------

En fecha 25 de agosto de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 87068804, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 26 de agosto de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 14002930. (Fs. 55 al 57). -------------------------------------------------------------------------------

En fecha 22 de septiembre de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 87068802, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 22 de abril de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 11002942. (Fs. 58 al 60). ------------------------------------------------------------------

En fecha 18 de octubre de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 101634786, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 21 de octubre de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 47002959. (Fs. 61 al 63). ---------------------------------------------------------------------------

En fecha 08 de noviembre de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 101634788, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 10 de noviembre de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 13002917. (Fs. 64 al 66). ------------------------------------------------------
En fecha 06 de diciembre de 2004, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 101634787, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 21 de diciembre de 2004 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 62002990. (Fs. 67 al 69). ------------------------------------------------------

En fecha 11 de enero de 2005, se presenta el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 101634789, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 14 de enero de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 83002996. (Fs. 70 al 72). ------------------------------------------------------------------

En fecha 28 de enero de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 101634790, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 14 de febrero de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 21003059. (Fs. 73 al 75). ---------------------------------------------------------------------------

En fecha 21 de febrero de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 24736835, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 24 de febrero de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 76003071. (Fs. 76 al 78). ------------------------------------------------------

En fecha 14 de marzo de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla N° 101634792, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 15 de marzo de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 13003081. (Fs. 79 al 83). ---------------------------------------------------------------------------

En fecha 20 de abril de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 101634794, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 21 de abril de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 01003100. (Fs. 84 al 88). ------------------------------------------------------------------

En fecha 19 de mayo de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 24736837, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 25 de mayo de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 70003018. (Fs. 89 al 93). ------------------------------------------------------------------

En fecha 21 de junio de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 101634795, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 29 de junio de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 17003031. (Fs. 94 al 98). ------------------------------------------------------------------

En fecha 30 de junio de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 11715772, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 13 de julio de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 67003040, por la cantidad mencionada. (Fs. 99 al 103). -----------------------------

En fecha 26 de julio 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla N° 24736836, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 03 de agosto de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 28003049, por la cantidad mencionada. (Fs. 104 al 108). ---------------------------

En fecha 28 de septiembre de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 41245545, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 29 de junio de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 11003114. (Fs. 109 al 113). ---------------------------------------------------------------

En fecha 17 de octubre 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 41245544, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 18 de octubre de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 06003118, por la cantidad mencionada. (Fs. 114 al 118).

En fecha 11 de noviembre de 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 41245546, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 15 de noviembre de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 73003127. (Fs. 119 al 123). ---------------------------------------------------

En fecha 07 de diciembre 2005, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 41245547, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 18 de octubre de 2005 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 36003141 por la cantidad mencionada. (Fs. 124 al 128).

En fecha 09 de enero de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 41245549, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 13 de enero de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 10003153. (Fs. 129 al 133). --------------------------------------------------------------

En fecha 09 de febrero de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 41245550, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 09 de marzo de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 67003177 por la cantidad mencionada. (Fs. 134 al 138).

En fecha 17 de marzo de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N°41245551, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 21 de marzo de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 31003181. (Fs. 139 al 143). --------------------------------------------------

En fecha 24 de abril de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 41245552, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 05 de mayo de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 23003193 por la cantidad mencionada. (Fs. 144 al 148).

En fecha 17 de mayo de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 41245553, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 12 de junio de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 41003208. (Fs. 149 al 153). --------------------------------------------------------------

En fecha 29 de junio de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 57682034, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 30 de junio de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 34003213 por la cantidad mencionada. (Fs. 154 al 158).

En fecha 27 de julio de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 57682035, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 01 de agosto de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 31003223. (Fs. 159 al 163). ---------------------------------------------------

En fecha 18 de septiembre de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 83267990, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 21 de septiembre de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, retira el cheque N° 04003238 por la cantidad mencionada. (Fs. 164 al 168). -------------------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 27 de septiembre de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna planilla de depósito N° 83267992, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), los cuales retira en fecha 05 de octubre de 2006 la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, mediante cheque N° 41003246. (Fs. 169 al 173). ---------------------------------------------------
En fecha 03 de noviembre de 2006, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 83267995, del Banco de Venezuela a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 17 de noviembre de 2006 comparece nuevamente y consigna planilla de depósito N° 10054373, también por BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 174 al 179). -----------------------------------------------------------------------------------------------
En fecha 17 de Noviembre este Juzgado dicta Certificación mediante la cual cierra la presente pieza (1era. Pieza) por encontrarse en estado voluminoso y mediante auto acuerda abrir una nueva pieza que se denominará SEGUNDA PIEZA, por lo que la primera queda cerrada constante de ciento ochenta y un (181) folios útiles. (Fs. 180 y 181).

Con la misma certificación se apertura el segundo expediente de consignación signado con el N° 2003-03. (F. 01). -------------------------------------------------------------------

En fecha 18 de diciembre de 2006, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, y retira mediante cheque N° 47680022, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 2 y 3). ------------------------------

En fecha 18 de diciembre de 2006, comparece JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 1790798, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 08 de enero de 2007 comparece nuevamente y consigna planilla de depósito N° 1790799, también por BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 4 al 9). --------------------

En fecha 17 de enero de 2007, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, para solicitar la consignación depositada a su nombre, cantidad que retira en fecha 09 de febrero de 2007 mediante cheque N° 75550109, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 10 al 13). ---------------------------

En fecha 27 de febrero de 2007, comparece JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 1791343, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 22 de marzo de 2007 comparece nuevamente y consigna planilla de depósito N° 1791341, también por BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 14 al 19). ----------------

En fecha 30 de marzo de 2007, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, para solicitar la consignación depositada a su nombre, cantidad que retira en fecha 12 de abril de 2007 mediante cheque N° 05230135, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 20 al 23). ---------------------------

En fecha 26 de abril de 2007, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 1791347, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), y en fecha 14 de mayo de 2007 comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, solicitando la consignación correspondiente, seguidamente en fecha 17 de mayo de 2007 el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, consigna planilla de depósito N° 1791344, también por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 24 al 30). --------------------------------------------------------------

En fecha 18 de mayo de 2007, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, y retira mediante cheque N° 60370052, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 31 al 33). ---------------------------

En fecha 11 de julio de 2007, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 1791356, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00), y en fecha 25 de julio de 2007 comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, solicitando la consignación correspondiente; seguidamente en la misma fecha 25 de julio de 2007 el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, consigna planilla de depósito N° 1791350, también por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 34 al 40). --------------------------------------------------------------

En fecha 03 de agosto de 2007, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, y retira mediante cheque N° 20710076, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 41 al 43). --------------------------

En fecha 17 de septiembre de 2007, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 1791354, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 02 de octubre de 2007 comparece nuevamente y consigna planilla de depósito N° 1791346, también por BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 44 al 49). -------------------------------------------------------------------------------------------------

En fecha 05 de octubre de 2007, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ y solicita la consignación depositada a su nombre, cantidad que retira en fecha 20 de febrero de 2008 mediante cheque N° 07330158, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 50 al 53). ---------------------------

En fecha 21 de febrero de 2008, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 12362849, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00) y en fecha 27 de marzo de 2008 comparece nuevamente y consigna planilla de depósito N° 1791348, también por BOLIVARES VEINTE EXACTOS (Bs. 20,00). (Fs. 54 al 59). -------------------------------------------------------------------------------------------------
En fecha 06 de mayo de 2008, comparece la ciudadana MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ y solicita la consignación depositada a su nombre, cantidad que retira en fecha 08 de mayo de 2008 mediante cheque N° 61280173, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 60 al 63). ---------------------------

En fecha 10 de octubre de 2008, mediante auto la ciudadana Juez Temporal Abogada MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE, se aboca al conocimiento de la presente causa de consignación. (F. 64). -------------------------------------------------------------

En fecha 10 de octubre de 2008, comparece MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, quien solicita a este juzgado que se sirva citar al ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, ya que ha dejado de cumplir con las consignaciones. (F. 65). ---

En fecha 04 de noviembre de 2008, este Juzgado admite la solicitud interpuesta por la ciudadana MERCEDES MARIA LÓPEZ de GONZÁLEZ y acuerda librar boleta citación a nombre del ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, para que comparezca por ante este Juzgado en fecha 06-11-2008 a las diez horas de la mañana (10:00 am), para que se realice acto de compromiso entre las partes. (Fs. 66 y 67). --------------------------------

En fecha 05 de noviembre de 2008, el Alguacil RAFAEL ERNESTO PEDAUGA URBINA, consigna constante de un (01} folio útil boleta de citación debidamente recibida y firmada por el ciudadano JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ. (Fs. 68 y 69). ------------------

En fecha 06 de noviembre de 2008, comparecen JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ y MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ, por lo que este Juzgado levanta acta para dejar constancia de que no hubo acuerdo entre las partes. (Fs. 70 y 71). ------------------

En fecha 12 de noviembre de 2008, comparece el ciudadano JOSE ANTONIO GONZÁLEZ, quien consigna constante de un (01) folio útil planilla de depósito N° 25176621, del Banco Banfoandes a nombre del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual del Estado Miranda por la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 20,00) (Fs. 72 al 74). -----------------------------------------------------------------------------------

En fecha 13 de noviembre de 2008, comparece MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ y solicita la consignación depositada a su nombre mediante diligencia, cantidad que retira en fecha 17 de noviembre de 2008 mediante cheque N° 07330158, la cantidad de BOLIVARES CUARENTA EXACTOS (Bs. 40,00). (F. 75 al 78). ------------

En fecha 26 de Febrero de 2009, este Juzgado de conformidad con el articulo 109 del Código de Procedimiento Civil, dicta auto mediante el cual acuerda la corrección de foliatura a partir del folio setenta y cinco (75). (F. 79). --------------------------------------------

II

Este Juzgado de los Municipios a Páez y pedro Gual considera oportuno hacer ciertas consideraciones; toda vez que la presente acción se encuentra enmarcada en un supuesto bien particular y definido: De conformidad con las facultades conferidas a este Tribunal por el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, este despacho procede de oficio a pronunciarse en los siguientes términos: La figura de la perención es una institución procesal en virtud de la cual opera la extinción de la instancia por inactividad del proceso durante el lapso establecido por el legislador; es de destacar que en el artículo 267 de nuestro Código de Procedimiento Civil,

“Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. La inactividad del Juez después de vista la causa, no producirá la perención”.

La Doctrina ha señalado que la perención es una de las formas anormales de la terminación del proceso. Al Estado no le interesa mantener indefinidamente los juicios, pues ello perturba la paz social, jurídica y económica de la colectividad permitiéndose, en consecuencia, mecanismos legislativos que permitan a las partes emplear vías y medios extrajudiciales. Al respecto el autor patrio Rengel Romberg señala que “La perención de la instancia es una figura que extingue el proceso, no ya por un acto de parte, sino por la inactividad de las partes durante un cierto tiempo”.

Etimológicamente, la palabra perención viene del vocablo latino perimire perention, que significa extinguir, e instancia de instare, que resulta de la composición in y el verbo stare, por lo que técnicamente se definiría como el aniquilamiento de la instancia por la inacción o inercia en el proceso, mediante un tiempo determinado por la ley, que debe ser voluntaria. Por su naturaleza, la perención es de orden público, y así lo tiene establecido el Máximo Tribunal de Justicia en varias sentencias, entre las cuales cabe citar la siguiente:
“…Nuestro sistema es más radical, acogiendo como se ha dicho, el sistema italiano; la perención conforme al texto del artículo 269 del Código de Procedimiento Civil, se verifica de derecho, vale decir ope legis, independientemente del requerimiento de la parte interesada y la consiguiente declaratoria judicial, lo cual no vendría sino a ratificar lo que virtualmente estaba consumado, pues la perención se opera desde el momento mismo en que ha transcurrido el término prescrito por la ley, ya que, conforme a la enseñanza de la tradicional doctrina sobre ella, existe con antelación a la solicitud de la parte interesada en hacerla valer”.
Ahora bien, en el caso de autos debe señalarse que desde el día diecisiete (17) de noviembre del año dos mil ocho (2008), fecha en la cual fue la ultima actuación que corre inserta de los folios setenta y seis al setenta y ocho (76 al 78) del presente expediente, hasta el día de hoy, han transcurrido dos (02) años y once (11) meses, tiempo en el cual no ha habido actuación alguna realizada por las partes para impulsar el procedimiento por espacio más de un (01) año como se establece en el contenido del artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, el demandante tiene la obligación de continuar el proceso hasta su total definitiva, cumpliendo así con los deberes que la ley. En caso contrario se vería materializada la INSTITUCIÓN JURIDICA DE LA PERENCION DE LA INSTANCIA.

III

Por todos y cada uno de los argumentos y razonamientos antes expuestos, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS PÁEZ Y PEDRO GUAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MIRANDA CON SEDE EN LA POBLACIÓN DE RÍO CHICO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley declara: LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la presente causa; todo de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, en la presente relación jurídica-procesal interpuesta por los ciudadanos JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ (consignatario) y MERCEDES MARÍA LÓPEZ de GONZÁLEZ (beneficiaria), titulares de las cédulas de identidad números 615.405 y 2.699.003 respectivamente. En consecuencia este Juzgado pasa a pronunciar el dispositivo del presente fallo en los siguientes términos: -----------------

PRIMERO: Se declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el presente procedimiento interpuesto por la parte solicitante; todo de conformidad con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. -------------------------------------------------------------------

SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza de la Institución. -----------

TERCERO: Déjese copia certificada de esta sentencia todo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 de nuestro Código de Procedimiento Civil. ---------------------

CUARTO: Archívese el presente expediente y posteriormente sea remitido al archivo judicial en su debida oportunidad. ---------------------------------------------------------------------

PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Páez y Pedro Gual de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, a los diecisiete (17) días del mes de octubre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación. --------------------------------------------------------------------------------------------
EL JUEZ

EMERSON LUIS MORO PEREZ


LA SECRETARIA

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.




En esta misma fecha de hoy; diecisiete (17) de octubre del año dos mil once (2011). Años 201° de la Independencia y 152° de la Federación siendo las once horas y treinta minutos de la mañana (11:00 am), se registró y publicó la anterior decisión. ------------------




LA SECRETARIA

MARIA ANTONIETA PACHECO BAUTE.





























ELMP/mapb/nm.-
Expediente 2003-03.