Siendo las 9:00 a.m., del día de hoy Treinta y Uno (31) de Octubre del dos mil once, se trasladó y constituyó el Tribunal Ejecutor de Medidas de los Municipios Cristóbal Rojas y Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, ubicado en Calle Gustavo Farrera, calle Yaruro, C.C. Residencial El Campito, Torre “G”, Mezzanina, teléfono: 0239-2488562, a cargo de la Juez Eucebia Lucia Poleo, el Secretario Abogado Manuel Bernal, Inpreabogado 174.473, conforme fue acordado en el sitio denominado: Sector Barrialito, antes Calle Real, hoy, Av. Bolívar, específicamente en la Sociedad Mercantil Taller Mecánico Dekra 2005, S.R.L., Charallave, Estado Miranda, a fin de darle cumplimiento a la medida de Entrega del inmueble ya identificado, ordenado por el Juzgado del Municipio Cristóbal Rojas de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, con sede en Charallave, con oficio Nº 5410-407C-11 de fecha 19 de Octubre del 2011, en el juicio que por Cumplimiento de Contrato de Arrendamiento sigue Yasmine Felipe León contra la Sociedad Mercantil Taller Mecánico Dekra 2005,S.R.L. Presentes en este acto la Apoderada Judicial de la parte actora Abg. Antonia Herves, venezolana, mayor de edad e inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 30.907. El Depositario Judicial Ildemaro Lemus, Representante de la depositaria Judicial “Defica” C.A., el ciudadano Luis Reveròn, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 4.285.223, en su condición de Perito Avaluador, cuyo domicilio profesional, está ubicado en Avenida Los Procedes, Avenida Perimetral Cúa Estado Miranda, Sector Aparay. Casa s/n, Cel. 0416-4146259, previamente designados y juramentados. Los funcionarios policiales Jorge Luis Araque Zerpa, Wilfredo Gregorio González Tovar y Willmer Lizardo Ñañez Calsadilla, titulares de la cedulas de identidad Nros 20.837.690, 16.509.539 y 16.094.851, respectivamente, adscritos a la Policía Municipal de Charallave, para el resguardo y custodia del Tribunal y las personas que lo acompañan. En este estado se procedió a dar los toques pertinentes de Ley, saliendo el ciudadano Edgar Gustavo Rivero Reyes, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 5.521.861, en su carácter de Primer Administrador de la sociedad mercantil Taller Mecánica Dekra 2005, S.R.L., a quien se le notifico de la misión del Tribunal. A los fines de dar cumplimiento con los artículos 26 y 49 Constitucional le fue entregada copia simple del Mandato de Ejecución, al ciudadano Edgar Gustavo Rivero Reyes, identificado. En este estado la apoderada judicial Abg. Antonia Herves, identificada, señala que el inmueble objeto de la presente medida. En este estado se deja constancia que no se realizo inventario de los bienes por cuanto el notificado ya identificado, manifiesto que se llevara los bienes por su cuenta, riesgo y responsabilidad a la siguiente dirección: Sector Los Samanes, Galpón 116, Cúa, estado Miranda. Estos bienes muebles serán traslado por el ciudadano Clavier Alejandro, venezolano, mayor de edad, y titular de la cédula de identidad Nº 1.952.997, telefónico 0414-309.7096, en su condición de chofer del vehículo placa 84IIAF, Año 1981, modelo Chevrolet. En este estado hizo acto de presencia el ciudadano Andrés José Gómez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.698.779, en su condición de Cerrajero Profesional, quien estando presente acepto el cargo y prestó juramento de Ley. Se deja constancia que se hizo cambio de cuatro (4) cerraduras de las puertas de acceso al inmueble. A continuación el Perito Avaluador Luis Reveron, expone: Local N 01: el mismo compuesto de una pared de bloques de arcilla, techo de zing, vigas de hierro; igualmente un (01) anexo construido de bloques de arcilla con dos (02) ventanas, una (01) puerta de madera, las ventanas modelo basculante, un (01) enrejado tipo malla, Local Nº 02: Un (01) local construido en bloques de arcilla, techo de zing, y vigas de hierro, con una ventana basculante dañada. Es de indicar que los locales antes mencionados se encuentran en total deterioro quedando en su interior, desechos (basura y material de hierro los mismos inservibles) con una nomenclatura que indica “Radiadores y Electroauto”. En este estado el Tribunal declara la Entrega Material del inmueble libre de bienes y personas, y hace entrega a la ciudadana Yasmine Felipe León, identificada, en su carácter de demandante en este juicio, quien estando presente, lo reciben bien y conforme en el estado en que se encuentra. Siendo las 2:00 pm, el Tribunal declara cumplida su misión y acuerda regresar a su sede, Terminó se leyó y conformes firman.
La Juez,
El Notificado


La Apoderada Judicial


El Perito Avaluador


El Chofer

Los funcionarios Policiales


El Cerrajero
El Depositario Judicial


El Secretario
Abg. Manuel Bernal


Comisión Nº 2011/841