REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, lunes treinta y uno de octubre de dos mil once, siendo las 11:00 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio JOHAN NADI CONTRERAS MUÑOZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 118.916, quien actúa con el carácter de demandante; è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble S/N, ubicado en la Carrera 2 con calle 1, Barrio Santa Cecilia, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la practica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretado sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, ciudadana: MARTHA VICTORIA VERGARA DE LIBREROS, en el JUICIO que por INTIMACIÓN DE HONORARIOS se sigue en el expediente Nº 7465 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial CHARLES VICTOR MORA DÍAZ, placa 1439. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Por cuanto el vehiculo objeto a señalar para su embargo ha sido movilizado de esta dirección, solicito a este Tribunal se Abstenga de practicar la medida de Embargo Preventivo en el día de hoy; en consecuencia solicito igualmente a este Tribunal Ejecutor oficiar a la Unidad de Tránsito Terrestre del Estado Táchira, a fin de que ordene la retención del vehiculo propiedad del demandado de autos, el cual posee las siguientes características: Clase Automóvil, Tipo Sedan, Modelo Fiesta 1.6, Marca Ford, Uso Particular, Serial Carrocería 8YPZF16N248A27850, Serial Motor 4A27850, Año 2004, Color Negro, Placas IAJ88Y, propiedad de la demandada de autos, ciudadana MARTHA VICTORIA VERGARA DE LIBREROS, titular de la C. I. N° E-84.314-095, según consta de documento autenticado por ante la Notaría Pública del Municipio Samuel Darío Maldonado del Estado Táchira, de fecha 11 de mayo de 2011, inserto bajo el N° 47, Tomo 11 de los Libros de Autenticaciones llevados por esa Notaria, el cual consigno en este acto en copia fotostática simple, constante de dos (02) folios útiles, para ser agregado a la presente comisión, es todo”. El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda ABSTENERSE de la presente ejecución en el día de hoy, y ordena la retención del vehiculo señalado anteriormente por la parte actora, en consecuencia ofíciese lo conducente a la Unidad de Tránsito Terrestre del Estado Táchira. Asimismo se acuerda agregar a la presente comisión la copia fotostática simple del documento autenticado consignado por la parte ejecutante. Es Todo. No siendo mas el Tribunal concluye el acto siendo las 12:20 p. m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. JOHAN NADI CONTRERAS MUÑOZ
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
CHARLES VICTOR MORA DÍAZ
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO.