REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA CON SEDE EN GUARENAS
Guarenas, 06 de octubre de 2011
Años 201° y 152°

Por cuanto para el día de hoy estaba pautada la Prolongación de la Audiencia Preliminar y vista la diligencia de fecha 05-10-2011, cursante al folio 33 del presente expediente, suscrita por el ciudadano JOSE JERONIMO CUADROS, parte actora, asistido por el abogado JONY JOSE MIJARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 113.457, mediante la cual Desiste de la Acción y del Procedimiento incoado en contra de la empresa HIERRO GUARENAS, C.A.. Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Miranda con sede en Guarenas, Administrando Justicia en nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, imparte la correspondiente HOMOLOGACIÓN AL DESISTIMIENTO efectuado por la parte actora. Así se establece.

Asimismo una vez cumplidos los lapsos de ley, se ordenará el cierre y archivo del presente expediente.

Todo ello en el juicio que por PRESTACIONES SOCIALES incoara el ciudadano JOSE JERONIMO CUADROS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N° V-17.268.267, contra la empresa HIERRO GUARENAS, C.A debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 14-05-1985, bajo el n° 50, tomo 30-A
LA JUEZ


Dra. NORKYS SOLORZANO Q.-


LA SECRETARIA
ABG. LISBETH BASTARDO

LINDO.-
Expediente N° 4162-11
NSQ/LB/mp